Decreto 732/2019

Fecha de publicación24 Octubre 2019
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-68191724-APN-DGD#MHA y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MILLONES (USD 75.000.000).

Que el objetivo del Proyecto es mejorar la movilidad y conectividad de los servicios de transporte del Corredor Sudoeste de la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) hacia el área central de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (CABA) del Ferrocarril Línea Belgrano Sur.

Que el referido Proyecto prevé la ejecución de TRES (3) componentes: (I) Obras, el cual se divide en DOS (2) Subcomponentes: 1.1 Obras civiles y ferroviarias y 1.2 Supervisión técnica, ambiental y social; (II) Gestión del Proyecto, el cual se divide en CUATRO (4) Subcomponentes: 2.1 Administración, 2.2 Asesoría Externa, 2.3 Auditoría Externa y 2.4 Plan de Acción de Género y (III) Otros costos, el cual incluye 3.1 Gastos de Evaluación y 3.2 Comisión de financiamiento.

Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES (DGPPSE) y la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) para los aspectos técnicos ferroviarios, denominado “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto de Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino...

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