Decreto 2021/2009

EmisorPRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2009

RES, COMERCIO INTERNACIONALY CULTO avalan el dictado del presente Decreto.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente Decreto.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, los artículos y 10 de la Ley Nº 26.422 y el artículo 99, incisos 1. y 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase transitoriamente a partir del dictado del presente Decreto y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, a la doctora Da. Patricia Silvina del Huerto GONZALEZ (M.I. 12.262.256) en el cargo de Coordinadora de Franquicias, Nivel 'B', autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la Dirección de Franquicias en el ámbito de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 2º

El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Jorge E. Taiana.

PRESIDENCIA DE LA NACION Decreto 2021/2009

Autorízase a los funcionarios de la Secretaría General con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir las aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Bs. As., 14/12/2009

VISTO el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º, inciso b) del mencionado régimen determina, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, que procede considerar el período comprendido entre el 1º de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.

Que a su vez, el inciso c) de dicho artículo 9º, establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al período siguiente por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no previendo que por esa causa se pueda aplazar la concesión de la licencia por más de un año.

Que, en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se presenta la particular situación de que diversos agentes registran transferidas a este año sus licencias anuales ordinarias correspondientes a los años 2003, 2004, 2005 y 2006.

Que las funciones asignadas a la citada...

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