Decreto 721/2019
Fecha de publicación | 21 Octubre 2019 |
Sección | Decretos |
Emisor | CONVENIOS |
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-80588319-APN-DGD#MHA y el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9008-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 684 de fecha 9 de junio de 2009, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF 7706-AR, suscripto con fecha 25 de agosto de 2009 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza-Riachuelo”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES (USD 840.000.000).
Que a fin de posibilitar la continuidad en la ejecución del referido Proyecto, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA, por un monto adicional de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA y CINCO MILLONES (USD 245.000.000), a través del Convenio de Préstamo BIRF N° 9008-AR cuya denominación es “Financiamiento Adicional para el Proyecto de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza Riachuelo (CMR)”.
Que los objetivos del Proyecto son: a) mejorar los servicios de alcantarillado de la Cuenca Matanza - Riachuelo y otras partes de la Provincia de BUENOS AIRES y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES mediante la expansión de la capacidad de transporte y tratamiento; b) respaldar la reducción de vuelcos industriales al Río Matanza-Riachuelo (M-R) a través de la provisión de subsidios Convenios de Reconversión Industrial (CRI); c) promover una mejor toma de decisiones para el uso de la tierra y la planificación de desagües ambientalmente sustentables y para dirigir inversiones en desagües urbanos en la Cuenca del Río Matanza Riachuelo y d) fortalecer el marco institucional de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) para la limpieza continua y sustentable de la CMR.
Que el citado Proyecto prevé la ejecución de CUATRO (4) partes: Parte 1. Saneamiento; Parte 2. Reducción de la Contaminación Ambiental; Parte 3. Gestión Ambiental Territorial y Parte 4. Fortalecimiento Institucional y Gestión del Proyecto.
Que la ejecución del citado Proyecto será llevada a cabo por el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en cuyo ámbito se mantendrá la estructura originaria de ejecución del Contrato de Préstamo BIRF N° 7706-AR.
Que la formalización de esta operación requiere que...
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