DECRETO 719 / 2021 DECRETO de 23 de Marzo de 2021

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Abril de 2021
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2021
Número de Boletín29952
Fecha de Publicación 7 de Abril de 2021
Número de documento81200

DECRETO N° 719/21 (MSP), del 23/03/2021.

EXPEDIENTE N° 1405/615-D-2016 y Agdos.

VISTO, las presentes actuaciones por las cuales se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por la Sra. Jesús María Mamani (fs. 259/266) en contra de la Resolución N° 90/SPS de fecha 19/12/2019 (fs. 257/258), emitida por el Presidente a cargo del Sistema Provincial de Salud, confirmatoria de la Resolución N° 736/SEM de fecha 27/08/2019 (fs. 242/244) dictada por el Secretario Ejecutivo Medico del Sistema Provincial de Salud, que rechaza el Recurso de Reconsideración interpuesto en contra de la Resolución N° 515/SEM de fecha 29/06/2017 (fs. 121/124), y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 515/SEM concluye el sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 17/SEM de fecha 31/01/2017 (fs. 58), emitida por el Secretario Ejecutivo Medico del Sistema Provincial de Salud, y aplica a la agente la sanción de cesantía.

Que el mencionado sumario administrativo se inició con motivo de las inasistencias injustificadas incurridas por la agente Jesús María Mamani, auxiliar de enfermería, en el CAPS Costa II, del Área Operativa Tafi del Valle.

Que en consideración a la notificación adjuntada a fs. 279, se advierte que el recurso es formalmente admisible al haber sido presentado dentro del plazo del artículo 68 de la Ley N° 4.537 por lo que corresponde proceder a su análisis.

Que la recurrente funda su impugnación en que:

- El acto que le aplicó la sanción es nulo porque no tenía obligación de cumplir con la reubicación dispuesta por la Resolución N° 189/DGRS de fecha 26/08/2016 (fs. 05 y

63), atento que no le fue notificado dicho acto. Por lo tanto no se generaron las inasistencias por las cuales tramitó el sumario que concluye en sanción de cesantía. Afirma que, por Carta Documento, planteo la Nulidad de la Resolución N° 189/DGRS y de la notificación de ese acto sin tener respuesta. Sostiene que no le fueron notificados ni el Capítulo de Cargos en su contra, ni la Resolución N° 17/SEM que dispuso el sumario; tampoco la citación a declarar del instructor sumarial ordenada el 07/02/2017 para que declare el 22/02/2017.

- Que a pesar de que el SIPROSA dispuso su cesantía, continuó prestando servicios en forma normal y habitual, en el CAPS El Rincón.

Que opina Fiscalía de Estado que de las...

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