DECRETO 717 / 2022 DECRETO / 2022-03-16

Fecha de publicación31 Marzo 2022
Fecha16 Marzo 2022
Número de Gaceta30.196
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 717/3 (ME), del 16/03/2022.
EXPEDIENTE N° 6612/410-RF-2021.
VISTO las presentes actuaciones por las cuales se gestiona la adquisición de dominio por prescripción adquisitiva Administrativa, a favor del Superior Gobierno de la provincia de Tucumán, del inmueble que ocupa el CAPS de los Zazos en la Localidad de Amaicha del Valle, ubicado en calle sin nombre, departamento Tafí del Valle, identificado con el Padrón N° 82.871.
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 21.477 modificada por Ley N° 24.320 prevé la adquisición de dominio, por parte de los estados provinciales de inmuebles de propiedad privada por prescripción adquisitiva, debiendo cumplimentarse al respecto las pautas de procedimiento indicadas por los Decretos Reglamentarios N° 1.025/14 (SSG) del 27/03/78, N° 482/14 (SSG) del 14/02/80 y N° 516/14(SSG) del 17/03/82.
Que el Código Civil y Comercial de la Nación vigente aprobado por la ley N° 26.994, establece en su artículo 1.897 que: "La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley". Agrega el artículo 1.899: "Si no existe justo título o buena fe, el plazo es de veinte años". Asimismo el artículo 1.928 expresa: "Constituyen actos posesorios sobre la cosa los siguientes: su cultura, percepción de frutos, amojonamiento o impresión de signos materiales, mejora, exclusión de terceros y en general su apoderamiento por cualquier medio que se obtenga"
Que a fojas 4/44 a los fines de acreditar los requisitos legales se adjunta: nota de autoconvocados por el Caps de la Localidad de los Zazos; Nota N° 465/2021 de EDET S.A. con el resumen de cuenta corriente del servicio N° 221488 a nombre del Dispensario Los Zazos SI.PRO.SA.; documentación de empleados que trabajan en el Caps; actas firmadas por vecinos de Amaicha del Valle y certificadas por el Comisario de la localidad y constancia de posesión del Cacique Eduardo Nieva, donde manifiesta que la Sra. Sabina Fabián de Silva entregó la posesión de la propiedad para la construcción del Caps.
Que a fojas 49/50 la Dirección del Registro Inmobiliario informa que el Padrón N° 82871 no corresponde a un antecedente registral.
Que a foja 51 la Dirección General de Rentas indica que en su base de datos el inmueble identificado con el Padrón N° 82871 se registra a nombre de Sabina Fabián de Silva, según informe producido por la Oficina de Atención Impuestos Patrimoniales dependiente de la División...

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