Decreto 709/2015

Fecha de disposición28 Abril 2015
Fecha de publicación08 Mayo 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33125



MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decreto 709/2015

Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

Bs. As., 28/4/2015

VISTO el Expediente N° S01:0275704/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo N° ARG-21/2014, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo N° ARG-21/2014, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y Noreste Argentinos con Necesidades Básicas Insatisfechas (PROSOFA III)” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA MIL (U$S 28.170.000).

Que el objetivo del Programa es incrementar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de agua, asà como de la infraestructura básica y social de pequeñas localidades urbanas, aglomerados rurales y/o colonias agrÃcolas en las NUEVE (9) Provincias del Norte Argentino (CATAMARCA, CHACO, CORRIENTES, FORMOSA, JUJUY, MISIONES, SALTA, SANTIAGO DEL ESTERO y TUCUMÁN).

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CINCO (5) componentes: (i) “Infraestructura y Equipamiento”; (ii) “Fortalecimiento de Capital Social y Humano”; (iii) “Fortalecimiento a la Gestión del Programa”; (iv) “Gerenciamiento” y; (v) “Imprevistos”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, a través de la Unidad de Coordinación Nacional de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, o su equivalente, dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, la cual será designada como “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo, asà como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la...

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