Decreto 704

DEPARTAMENTO DE TRABAJO.

DECRETO 704.

La Plata, 27 de mayo de 2010.

VISTO el expediente Nº 21500-1603/10, por donde tramita la aprobación del Proyecto sobre Inclusión Laboral y Social de Jóvenes Bonaerenses vinculado al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y CONSIDERANDO:

Que el referido Proyecto, identificado como ARG/09/012 "Inclusión Laboral y Social de Jóvenes Bonaerenses", se origina en el Acuerdo suscripto con el Gobierno de la República Argentina de fecha 26 de febrero de 1985, aprobado por Ley Nacional Nº 23.396 del 10 de octubre de 1986, reglamentado por el Decreto N° 1834/86, publicado en el Boletín Oficial de la Nación el 18 de febrero de 1987;

Que el citado Acuerdo establece las condiciones básicas que regirán la asistencia de ese programa y sus organismos de ejecución para llevar a cabo los Proyectos de Desarrollo en el país;

Que el artículo 3° inciso 3, determina que las obligaciones asumidas en el Acuerdo, se extienden a todo convenio que se lleve a cabo entre el Gobierno y un Organismo de Ejecución sobre un proyecto que reciba ayuda del P.N.U.D.; Que las acciones que desarrolle el Organismo Ejecutor en cumplimiento del Proyecto, estarán sujetas a las disposiciones de lo convenido en el marco del Acuerdo Internacional suscripto;

Que el Proyecto, tiene por objetivo implementar una iniciativa, de carácter piloto, en materia de formación profesional y orientación laboral con perspectiva de género destinada a quinientos (500) mujeres jóvenes (entre 18 y 25 años) en situación de vulnerabilidad social de la provincia de Buenos Aires que posibilite a las destinatarias la construcción de un proyecto ocupacional;

Que mediante el citado Proyecto se pretende realizar un proceso de orientación laboral de las mujeres que se encuentran participando del proyecto para que ellas puedan, a partir de un diagnóstico, organizar su capacitación e iniciar la búsqueda de oportunidades de empleo, o bien el desarrollo como emprendedoras;

Que el Ministerio de Trabajo será el organismo ejecutor del Programa por intermedio de la Dirección Provincial de Coordinación, Comunicación y Control de Gestión Institucional y su titular tiene el carácter de Director Provincial del mismo, conforme a la instrumentación acordada;

Que ha tomado la intervención de competencia Asesoría General de Gobierno a fojas 38, Contaduría...

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