Decreto 1535/2009

Fecha de la disposición26 de Octubre de 2009

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 1,10

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.766 2

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DECISIONES ADMINISTRATIVAS JeFatura De gabinete De Ministros 394/2009

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ASOCIACIONES SINDICALES Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCial Resolución 791/2009-MTESS Otórgase la personería gremial al Centro de Docentes de Enseñanza Media y Superior de Jujuy. 45

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Resolución 800/2009-MTESS Otórgase al Sindicato de Empleados y Trabajadores Municipales del Sud Este y Zona de la Provincia de Córdoba la personería gremial con carácter de asociación gremial de primer grado. 46

TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO Art. 3º -- Exímese del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 486 de fecha 30 de agosto de 2005, 343 de fecha 23 de mayo de 2007 y 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589 ambas de fecha 4 de noviembre de 2008 todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias y 61 de fecha 4 de marzo de 2009 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias, a los productos de promoción, originarios y procedentes de la REPUBLICA DE LA INDIA, participante del festival objeto del presente decreto.

Art. 4º

Instrúyese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a que practique los controles pertinentes en el evento referenciado, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el Artículo 1º, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley Nº 20.545.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Amado Boudou. -- Débora A. Giorgi. -- Julián A. Domínguez.

MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1510/2009

Dase por...

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