DECRETO 67 / 2018 DECRETO de 16 de Enero de 2018
Fecha de Entrada en Vigor | 31 de Enero de 2018 |
Fecha de la disposición | 16 de Enero de 2018 |
Número de Boletín | 29179 |
Fecha de Publicación | 30 de Enero de 2018 |
Número de documento | 64274 |
DECRETO N° 67/1 (FE), del 16/01/2018.
EXPEDIENTE N° 459/140-V-16.-
VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales los habitantes del Barrio Alvarez Condarco de esta ciudad, denuncian ante la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, las ocupaciones irregulares efectuadas en las calle públicas por personas que impiden la entrada y salida de sus habitantes y vehículos así como la recolección de residuos en el barrio, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 7 la Asesoría Letrada de la Subsecretaria de Regularización Dominial y Hábitat, señala que se trata de un inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia según consta en el informe de dominio y el Plano de Mensura y División que en copias se acompañan a fs. 10/13.
Que a fs. 14/19 la Dirección General de Catastro informa que el personal técnico del organismo efectuó en el lugar un relevamiento y observó que existen ocupaciones irregulares en las calles públicas que estén obstruidas y que se ubican en la intersección de la calle Diagonal Sud y del pasaje 47/30 S.O. y de la calle Diagonal Sud y calle Juan Padrós, conforme Plano de Mensura, Unificación y División N° 55.417/08 que se agrega a fs. 10, señala además, que por tratarse de una ocupación irregular de calles públicas, no es competencia de esa Dirección intervenir en el tema. Sugiere remitir los antecedentes a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán por tratarse de calles públicas como se aprecia en las copias de las fotografías tomadas en lugar que obran a fs. 15/18.
Que a fs. 21 Fiscalía de Estado solicitó a la Dirección General de Catastro que informe si las calles del Barrio Álvarez Condarco fueron transferidas en donación a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán según lo establecido por Ley n° 8.307 y si las calles ocupadas están afectadas al dominio público.
Que a fs. 32/33 el Departamento Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro toma nuevamente intervención e informa que:
- Por Ley n° 8.307 (fs. 22) se autoriza al Poder Ejecutivo y al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano a transferir en donación a las Municipalidades, los terrenos afectados a las calles, pasajes, ochava s y espacios verdes, que surjan de los loteos o barrios cuyas constitución haya sido dispuesta o...
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