Decreto 662/2019

Fecha de publicación24 Septiembre 2019
SecciónDecretos
EmisorMERCADO COMÚN DEL SUR


Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-22027595-APN-DGD#MRE, los Decretos Nros. 801 de fecha 26 de junio de 2007 y 2006 de fecha 14 de diciembre de 2010, las Decisiones Nros. 45 de fecha 16 de diciembre de 2004, 18 de fecha 19 de junio de 2005, 24 de fecha 8 de diciembre de 2005, 22 de fecha 16 de julio de 2015, 2 de fecha 17 de junio de 2018 y 4 de fecha 12 de diciembre de 2018, todas del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, y

CONSIDERANDO:

Que el FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR (FOCEM), creado por las Decisiones Nros. 45/04 y 18/05, ambas del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, está destinado a financiar programas para promover la convergencia estructural, desarrollar la competitividad, promover la cohesión social, en particular de las economías menores y regiones menos desarrolladas, y apoyar el funcionamiento de la estructura institucional y el fortalecimiento del proceso de integración.

Que la Ley Nº 26.147 incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Decisión Nº 18/05 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR.

Que el Decreto Nº 2006/10 incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Decisión Nº 1 de fecha 2 de agosto de 2010 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, por la cual se aprobó el Reglamento del FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR (FOCEM).

Que el artículo 6° de la Decisión N° 22 de fecha 16 de julio de 2015 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR establece que, con vistas a aumentar la efectividad del FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR (FOCEM) en la promoción de la convergencia estructural de la región, los Estados Parte se comprometieron a buscar mecanismos de fortalecimiento de la gestión institucional de dicho fondo y de complementación con los demás instrumentos regionales de financiamiento para el desarrollo.

Que resulta importante promover esa complementariedad para desarrollar conjuntamente programas y proyectos, a través de asistencia técnica, administración fiduciaria y complementación financiera, en el marco de sus respectivas funciones, objetivos y competencias.

Que con vistas a ese fin, el día 17 de junio de 2018, se suscribió un “Acuerdo Marco entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA)” aprobado por la Decisión N° 2/18 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR.

Que el artículo 2° de la decisión mencionada anteriormente, dispone la adecuación del Reglamento del FONDO PARA...

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