Decreto 656. Estatuto para el Personal de la Agencia Federal de Inteligencia. Aprobación.

Fecha de disposición09 Mayo 2016
Fecha de publicación09 Mayo 2016
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
SecciónDecretos

Decreto 656/2016

Estatuto para el Personal de la Agencia Federal de Inteligencia. Aprobación.

Bs. As., 06/05/2016

VISTO la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, la Ley N° 27.126 y los Decretos Nros. 1.311 de fecha 6 de julio de 2015 y 2.415 de fecha 18 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 27.126, modificatoria de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, se crea la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA como organismo rector del Sistema de Inteligencia Nacional.

Que mediante el Decreto N° 1.311/15 se dispuso la aprobación de la estructura orgánica y funcional de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, los organigramas correspondientes a su estructura y los RÉGIMENES PROFESIONALES DEL PERSONAL DEL ESCALAFÓN DE INTELIGENCIA, DEL PERSONAL DEL ESCALAFÓN DE SEGURIDAD y DEL PERSONAL DEL ESCALAFÓN DE APOYO DE LA AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA y su RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS.

Que el propósito de tal Decreto, entre otros objetivos, fue el de maximizar el aprovechamiento de los recursos con que cuenta la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA y así optimizar sus capacidades para enfrentar con la mayor eficacia posible el fenómeno cada vez más intrincado de los delitos complejos como lo son, dadas sus particulares especificidades: el terrorismo, el narcotráfico, el tráfico de armas, la trata de personas, el ciberdelito, los delitos contra el orden económico y financiero, y el financiamiento y lavado de activos con origen en las actividades descriptas.

Que, a pesar del objetivo buscado con la aludida reforma, la estructura organizacional aprobada y puesta en marcha con el Decreto N° 1.311/15, genera superposición de cargos, funciones y responsabilidades, lo que va en detrimento de los fines de la citada Ley.

Que por lo tanto resulta necesaria su modificación, instrumentando mecanismos que permitan agilizar las instancias administrativas usuales de gestión.

Que por similares consideraciones, tampoco corresponde mantener vigentes las modificaciones al Decreto N° 1311/15 introducidas por el Decreto N° 2415/15.

Que ha tomado la debida intervención el Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

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