Decreto 652/2021

Fecha de publicación24 Septiembre 2021
SecciónDecretos
EmisorCONVENIOS


Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-30518008-APN-SSRFID#SAE, el Decreto N° 321 del 8 de mayo de 2021 y el Convenio de Préstamo BIRF N° 9224-AR suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 321/21 se aprobó el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9224-AR celebrado entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Inclusión Digital e Innovación de los Servicios Públicos en Argentina” por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000).

Que el objetivo del proyecto citado en el considerando anterior es mejorar la eficiencia y el acceso a servicios administrativos digitales seleccionados.

Que el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9224-AR prevé en su Anexo I la ejecución del proyecto en CUATRO (4) partes: (1) Servicios Públicos Digitales; (2) Sistemas de gestión transversales, gestión de datos e innovación; (3) Expansión de plataformas tecnológicas y (4) Gestión y evaluación del Proyecto.

Que conforme surge de la mencionada Parte 4, la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN asistirá en lo relativo al diseño e implementación de herramientas de diagnóstico y evaluación para las iniciativas del gobierno digital, para informar a la supervisión del proyecto y para la sostenibilidad del mismo a largo plazo.

Que el artículo 4° del Decreto N° 321/21, en su parte pertinente indica que “(…) la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN actuará como subejecutora, quedando bajo su responsabilidad la ejecución de los recursos del subcomponente de evaluación del Proyecto, en coordinación con el Organismo Ejecutor”.

Que a los fines de formalizar la operatoria establecida en el Anexo I del Convenio de Préstamo BIRF N° 9224-AR, resulta necesaria la modificación del artículo 4° del citado Decreto N°...

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