Decreto 1137/2009

EmisorMinisterio de Defensa
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2009

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 1,10

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.724 2

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862/2009-MD Deniégase todo reclamo del personal militar en actividad que, con sustento en los Decretos Nros.

DeuDa PubliCa 130/2009-MEFP Dispónese la realización de una operación de canje de deuda del Estado Nacional instrumentada a través de las Letras del Tesoro emitidas en el marco de lo establecido por los Decretos Nros.

convenciones coLectivAs De trABAJo CONSIDERANDO:

Que la Fiscalía citada en el VISTO está llevando a cabo una investigación por violaciones a los derechos humanos que tuvieron lugar durante la última dictadura militar.

Que en el marco de dicha investigación, con fecha 31 de agosto del corriente año, se llevará a cabo la audiencia de debate oral y público donde se juzgarán hechos que constituirían violaciones a derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

Que la Fiscalía interviniente cuenta con documentación afectada --conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Inteligencia Nacional Nº 25.520 y el artículo 10, inciso a), de la Reglamentación de dicha Ley aprobada por el Decreto Nº 950 del 5 de junio de 2002-- por la clasificación de seguridad, que resulta necesaria para llevar a cabo la audiencia de debate antes mencionada.

Que, por ello, mediante oficio de fecha 29 de julio de 2009, la Fiscalía General Nº 1 ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL Nº 1 DE ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE, solicitó al PODER EJECUTIVO NACIONAL desclasificar la documentación relativa al listado del Personal Civil de Inteligencia que prestó servicios en el Destacamento de Inteligencia 121 entre los años 1976 y 1979.

Que el artículo 16 de la Ley Nº 25.520 prescribe que las actividades de inteligencia, el personal afectado a las mismas, la documentación y los bancos de datos de los organismos de inteligencia...

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