DECRETO 627 / 2018 DECRETO de 9 de Marzo de 2018

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2018
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2018
Número de Boletín29214
Fecha de Publicación22 de Marzo de 2018
Número de documento65080

DECRETO N° 627/7 (SES), del 09/03/2018.-

EXPEDIENTE N° 1.772/213-V-2017.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales Jefatura de Policía mediante Resolución N° 1803/17 (UTP - D-1) de fecha 28/08/2017 (fs. 41 y 41 vuelta), solicita se disponga el pase a situación de retiro obligatorio por incapacidad, de la Sargento de la repartición, señora María Petrona Díaz; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 09 mediante Resolución N° 0330/17 (D-1 S.L.) de fecha 09/03/2017 Jefatura de Policía dispuso que la Sargento Díaz pase a revistar en Situación de Disponibilidad por Enfermedad por aplicación del Art. 114 Inc. 2° de la Ley N° 3.823.

Que con fecha 16/03/2017 la División Servicio Médico D-1 de la Policía de Tucumán (fs. 17-18) declaró a la causante No Apta para la Función Policial.

Que a fs. 24-25 la Junta Médica de la Unidad de Trámite Previsional en sesión de fecha 18/04/2017 determina que la agente tiene una incapacidad total del 70,00%.

Que a fs. 28-29 la Junta Médica de Medicina Prestacional del ANSES - UDAI - Río Cuarto, constata lo dictaminado por la UTP, considerando una Incapacidad de un 70%.

Que el presente caso se encuentra comprendido en las previsiones de los artículos 14 inciso 9) y 21 inciso a) de la Ley N° 3.886/72 (de Retiros y Pensiones Policiales) y artículo 8 inciso a) del Decreto Reglamentario N° 1049/14-73 (acto ajeno al servicio).

Que a fs. 33 y 35-36 la División Sumarios e Informaciones Administrativas y la División Antecedentes Personales de la Policía de Tucumán consignan que la Sargento María Petrona Díaz no registra causas judiciales, policiales ni sumario administrativo.

Que se estima procedente acceder a lo peticionado, encuadrándose el caso en la normativa citada.

Por ello; y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de...

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