Decreto 955/2009

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición27 de Julio de 2009

Desígnase al Director de Evaluación de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.

Bs. As., 22/7/2009

VISTO el Expediente Nº 804-0443/08 del Registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, las Leyes Nros. 26.337 y 26.422, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 1 del 15 de enero de 2008 y 2 del 9 de enero de 2009, y CONSIDERANDO:

Que dichas decisiones administrativas distribuyeron los créditos presupuestarios aprobados por las Leyes Nros. 26.337 y 26.422 incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o Entidad de la Administración Nacional para los años 2008 y 2009.

Que por el artículo 10 de las leyes precitadas se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que el Decreto Nº 491/02 estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuese su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 868 del 11 de agosto de 1999 aprobó la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.

Que en la citada Comisión se encuentra vacante el cargo de Director de Evaluación, por renuncia de su titular.

Que por Resolución Conjunta Nº 27 de fecha 6 de mayo de 2005 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se asignaron las Funciones Ejecutivas Nivel III a la mencionada Dirección.

Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al cargo mencionado, resulta indispensable cubrir transitoriamente el mismo con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del organismo.

Que la precitada designación se efectúa con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 y en el Título III, Capítulo III y artículo 71 --primer párrafo, primera parte-- del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995) y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1º de septiembre de 2008.

Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08 deberá adecuarse la cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y 10 de las Leyes 26.337 y 26.422 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1º de septiembre de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director de Evaluación - Función Ejecutiva III de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION, al Magister Pablo Angel TOVILLAS (DNI Nº 17.958.229), Nivel A Grado 3, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 y en el Título III, Capítulo III y artículo 71 --primer párrafo, primera parte-- del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995) y por el artículo 7º de las Leyes Nros 26.337 y 26.422.

Art. 2º

El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, por el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1º de septiembre de 2008.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL...

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