Decreto 6/2023

Fecha de publicación06 Enero 2023
SecciónDecretos
EmisorSERVICIO EXTERIOR


Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-111436671-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y el Decreto Nº 835 del 30 de octubre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 835/20 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE AUSTRIA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Gustavo Eduardo AINCHIL.

Que, oportunamente, el Gobierno de la REPÚBLICA DE AUSTRIA concedió el plácet de estilo al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Holger Federico MARTINSEN para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado.

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el traslado a la República del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Gustavo Eduardo AINCHIL y el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE AUSTRIA del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Holger Federico MARTINSEN, designándolo Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE AUSTRIA.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR