DECRETO 595 / 2023 DECRETO / 2023-03-01

Fecha de publicación22 Marzo 2023
Fecha01 Marzo 2023
Número de Gaceta30.436
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 595/3 (ME), del 01/03/2023.
EXPEDIENTE N° 16603/901-PJT-2019.-
VISTO que las presentes actuaciones tratan sobre la adquisición de dominio -por Prescripción Adquisitiva- a favor del Superior Gobierno de la Provincia del inmueble que ocupa el Juzgado de Paz de El Chañar, ubicado en calle Faustino Sarmiento de la localidad de El Chañar, Departamento Burruyacu; y
CONSIDERANDO:
Que es procedente la aplicación de las Leyes N° 21.477 y su modificatoria N° 24.320, como asi también sus Decretos Reglamentarios N° 1.025/14 (SSG) del 27/3/78, N° 482/14 (SSG) del 14/2/80 y N° 516/14 (SSG) del 17/3/82, ya que el Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán ejerce la posesión del inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida desde hace más de cuarenta (40) años.
Que el Código Civil y Comercial de la Nación, establece en su artículo 1897° que: "La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley". Agrega el artículo 1899°: "Si no existe justo título o buena fe, el plazo es de veinte años". Asimismo, el artículo 1928° expresa; "Constituyen actos posesorios sobre la cosa los siguientes: su cultura, percepción de frutos, amojonamiento impresión de signos materiales, mejora, exclusión de terceros y en general su apoderamiento por cualquier signo que obtenga".
Que acreditando tales extremos -a foja 19- el Sr. Juez de Paz de la localidad de El Chañar indica que el edificio donde funciona el Juzgado, compartido con la Comuna Rural, es una construcción que data de año 1972 aproximadamente, adjuntando asimismo -a foja 20- copia fiel del testimonio recabado a los vecinos; Sra. Mercedes G. Fuensalida, DNI 12.992.797, Sra. Elena del Valle Fuensalida DNI 17.396.635 y Sra. Miryan A. Carrizo DNI 20.580.061, de donde surge que el mismo funciona en su actual emplazamiento desde el año 1976.
Que a fojas 28/33 la Superintendencia de Juzgados de Paz agrega documentación histórica relevante que da cuenta del emplazamiento del Juzgado de Paz en su actual ubicación, desde octubre de 1975 (notas vinculadas a los trabajos de reparación en el inmueble y su traslado a ese predio).
Que en consecuencia, desde la citada época la Provincia ejerce la posesión pública, pacífica e ininterrumpida del inmueble en cuestión, hasta el presente. Tal como surge de estos actuados.
Que a fojas 36/41 se agregan imágenes fotográficas del inmueble, y a foja 51 el Departamento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR