Decreto 589/2023

Fecha de publicación13 Noviembre 2023
EmisorUNIVERSIDAD EVANGÉLICA
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-100922395-APN-DGDYD#JGM, la Ley Nº 24.521 y sus modificatorias y el Decreto Nº 576 del 30 de mayo de 1996 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, la FUNDACIÓN CATEDRAL DE LA FE, con domicilio legal en Avenida Eva Perón N° 1060 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita autorización provisoria para crear y poner en funcionamiento la UNIVERSIDAD EVANGÉLICA en los términos del artículo 62 de la Ley Nº 24.521.

Que la propuesta referida, que acredita el respaldo económico y patrocinio de la entidad peticionante, se adecua a lo establecido por el artículo 27 de la mencionada ley, cumple con los criterios determinados por el artículo 63 de dicha norma y se ajusta a las pautas y requisitos exigidos por los artículos 3º y 4° del Decreto Nº 576/96 y su modificatorio.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU), en su dictamen previsto por los artículos 62 y 63 de la Ley Nº 24.521 y 6º del Decreto Nº 576/96, recomendó otorgar la autorización provisoria para la creación y el funcionamiento de la UNIVERSIDAD EVANGÉLICA, atento a que, entre otras cuestiones, la entidad peticionante ha cumplimentado la presentación establecida en el citado artículo 63 de la Ley N° 24.521 y ha introducido los ajustes necesarios señalados en los informes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA y de la precitada Comisión, da cuenta de la consistencia del proyecto y permite anticipar el desarrollo de las funciones universitarias básicas con recursos humanos capacitados y una estructura de gestión académica y administrativa adecuada; la Fundación peticionante ha acreditado la solvencia económica y la responsabilidad financiera, así como la ausencia de impedimentos legales tanto para su desempeño, como así también para el de los integrantes que la componen, cuenta asimismo con una trayectoria relevante en actividades de carácter social y comunitario; el proyecto contempla el cumplimiento de los requerimientos formulados en la Ley N° 24.521 en lo concerniente a los fines y objetivos de la educación superior universitaria y a la autonomía académica de la institución proyectada, por lo que resultan las funciones universitarias descriptas a lo largo del texto estatutario propuesto abarcativas de las funciones de docencia, investigación y extensión cuyo cumplimiento exige la normativa; el proyecto de estatuto académico de la UNIVERSIDAD EVANGÉLICA...

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