Decreto

EmisorJuzgado Electoral Provincial
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2015
CÓRDOBA, 14 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 197S Primera Sección 3
a lo dispuesto por los artículos 31 y 110 in fine de la Ley N° 9086.
Que mediante artículo 1° de la Resolución N° 575/2013 el Señor Ministro de esta Cartera de
Estado ha delegado específicamente en esta Secretaría, la facultad de resolver las autorizaciones
comprendidas en la mencionada legislación.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al N° 163/2015;
LA SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: FORMALÍCENSE las compensaciones de Recursos Financieros del Presupuesto
General de la Administración Provincial y las adecuaciones al Plan de Obras asignados a este
Ministerio por la Ley Anual de Presupuesto 2015, perfeccionadas durante el mes de Agosto de 2015,
detalladas en Formulario Reporte SUAF -Documentos de Autorización de Modificación de Crédito
Presupuestario- y Formularios BAPIN que, como Anexo I con siete (7) fojas, integra la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°: PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a
la Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones
Públicas, comuníquese a la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. MARÍA LUISA BACILE
SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
ANEXO
http://goo.gl/Spbiy0
Resolución N° 20
Córdoba, 09 de Octubre de 2015.-
VISTO:El Expediente N° 0180-017797/2014,
en que se gestiona la baja de los equipos de
computación, pertenecientes al Poder Judicial
en condición de rezago.
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 48/56 consta copia del Acuerdo Nº
43 Serie “C” del Tribunal Superior de Justicia,
por el que se Resuelve aprobar la entrega de
bienes al Ministerio de Educación y la donación
de bienes en rezago a la Asociación Civil
Remar Argentina y autoriza la destrucción
del remanente de bienes.
QUE a fs. 65/71 se agrega copia de la
Resolución Nº 000210/15 del Ministro de
Finanzas por la que transfiere sin cargo a la
Asociación Civil sin fines de Lucro Remar
Argentina declarados en rezago detallados
en su Anexo I de 6 fojas.
QUE el Artículo 124º inc. 3 c) del Decreto
Nº 525/95 Reglamentario de la Ley 7631,
disponen que los cambios de afectación de
bienes muebles dentro de la Administración
General de la Provincia serán autorizados
por el Ministerio de Finanzas a través del
Contador General de la Provincia cuando
se produzca entre organismos atendidos por
Servicios Administrativos de distinta
jurisdicción.
QUE el Artículo 148º del Anexo “A” de la
Resolución Nº 02/2014 de la Secretaría de
Administración Financiera del Ministerio de
Finanzas, establece que habrá cambio de
afectación cuando se produzca la
transferencia de la administración de los
bienes, por cambio de asignación de destino
entre organismos de la Administración Gen-
eral de la Provincia. El cambio de afectación
implica una baja y alta simultánea en los
inventarios de las jurisdicciones intervinientes.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc.
3 c.) del Decreto Nº 525/95 reglamentario de
la Ley 7631, y Art. 139º del Anexo “A” de la
Resolución Nº 02/2014 de la Secretaría de
Administración Financiera.
LA CONTADORA GENERAL DE LA
PROVINCIA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°: AUTORIZAR el cambio de
afectación de los bienes muebles pertenecientes
al Poder Judicial, declarado en rezago por
Acuerdo Nº 43 Serie “C” del Tribunal Superior
de Justicia, que serán destinados al I.P.E.T. Nº
250 – Dr. Juan Bialet Masse, dependiente del
Ministerio de Educación, detallados a
continuación:
1 ventilador Genalex – Ident. 3297
1 calefactor Orbis – Ident. 4285
1 turboventilador – Ident. 22321
1 ventilador –Welco – Ident. 45484
1 ventilador –Welco – Ident. 39671
1 ventilador –Kacemaster – Ident. 99314
1 ventilador –Windlux – Ident. 25256
1 ventilador –Welco – Ident. 38967
1 termotanque Fogata – Ident. 5942
1 ventilador Diplomatic – Ident. 29174
1 turboventilador – Ident. 6211
1 turboventilador – Ident. 6212
1 ventilador –Welco – Ident. 39118
1 ventilador –Welco – Ident. 39414
1 ventilador –Windlux – Ident. 39232
ARTÍCULO 2º: ORDENAR a las Dirección
General de Administración del Poder Judicial
que confeccione las fichas de Baja Patrimonial
de los bienes entregados, y a la Dirección de
Administración del Ministerio de Educación que
registre el Alta Patrimonial de dicho bien en el
Sistema Único de Administración Financiera
(SUAF), todo ello dentro de los treinta (30)
días de sancionada la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: PROTOCOLÍCESE,
publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
comuníquese a las jurisdicciones intervinientes
y archívese.
CRA. MIRIAM B. FRONTERA
CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
CONTADURÍA GENERAL
DE LA PROVINCIA
Acta Número: Veintinueve - En la ciudad de Córdoba, a nueve días del mes de octubre de dos
mil quince, en Sala de Audiencias del Tribunal Superior de Justicia se hace presente la Sra. Juez
Electoral de la Provincia, Dra. Marta Elena Vidal; el Ing. Mauro I. Décima, integrante de la Dirección
de Informática del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba; el Sr. Mariano Casado y el Sr.
Escribano Marcelo Miguel Bertotti, en calidad de Fiscalizadores de la “Lotería de la Provincia de
Córdoba - Sociedad del Estado”, la Dra. Gabriela Benítez de Baigorrí en representación de la
Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Córdoba; la Dra. Diana Rita Domínguez
de Dreller, en representación del Colegio de Abogados Córdoba y el Dr. Eduardo Arsenio Soria en
representación de la Oficina de Jurados Populares y la que da fe Sra. Secretaria Electoral, María
José Páez Molina de Gil; habiéndose cumplidos con las formalidades de ley para la realización de la
Audiencia Pública prevista en los Arts. 8 y 10 de la Ley de Jurados Populares Nº 9.182, a los fines
de llevar a cabo el sorteo de ciudadanos para la confección de los listados definitivos de jurados
populares correspondiente al año 2016 (T.S.J. Acordada Nº 533 Serie “A” del 31/08/2015),
correspondiente a las circunscripciones primera; segunda; tercera; cuarta; quinta; sexta; séptima;
octava; novena y décima, en estos autos “Sorteo de Jurados Populares para el año 2016 – Ley N°
9.182” (Expte. Nº 2448750). Previa espera de ley, S.S. declara abierto el acto y, antes de realizar
el correspondiente sorteo, quienes tienen a su cargo la función fiscalizadora realizan las siguientes
pruebas: Verificación del uso de funciones de aleatoriedad en el código fuente. Verificación de
inexistencia de restricciones que puedan forzar el código y los resultados. Verificación de seguridad
de accesos del equipo donde ejecutan los procesos y donde se almacenan los datos. Verificación de
la distribución de aleatoriedad sobre las distintas circunscripciones, conforme a la reglamentación
establecida. Verificación de la independencia del ordenador afectado a tal fin con respecto a la red
local de transmisión de datos; de forma tal que la totalidad de los datos serán almacenados en el
equipo local, habiendo quedado garantizada la no intromisión externa. Constatación de la ausencia
de registros duplicados en los datos originales, y puesta en cero del sorteo, mediante la impresión
previa del Acta que así lo acredita. No habiéndose formulado objeción alguna por parte de los
presentes, la Dirección de Informática del Tribunal Superior de Justicia hace entrega al Sr. Mariano
Casado de una (01) copia idéntica de los programas fuentes y su correspondiente versión ejecutable
del sistema informático utilizado para realizar el sorteo; y otra copia similar a la Sra. Secretaria
Electoral, María José Páez Molina de Gil. Seguidamente se deja constancia de que se procederá a
sortear las cantidades de ciudadanos, discriminados por Circunscripciones Judiciales y sexo, y
tomando como base los Padrones Electorales provistos al Juzgado Electoral de la Provincia por la
Secretaría Electoral del Juzgado Federal Nº 1 con asiento en ésta Ciudad, los que se incorporarán
a la presente Acta formando parte integrante de la misma. Concedida la palabra al Sr. Escribano y al
Sr. Fiscalizador de la Lotería de la Provincia de Córdoba - Sociedad del Estado, y a los Sres.
Controladores presentes; prestan su conformidad para dar inicio al acto de sorteo en cumplimiento
de la normativa vigente. Lo que oído por S.S. dijo: Téngase presente lo manifestado, ordenando a
los integrantes de la Dirección de Informática la habilitación del sistema informático a efectos de dar
inicio al sorteo correspondiente. Una vez concluido el sorteo, se llevan a cabo las siguientes
constataciones: Verificación de la ausencia de duplicaciones en el resultado final. Constatación de
que la totalidad del listado final de ciudadanos sorteados como Jurados Populares resulta plenamente
coincidente con los ciudadanos registrados en el Padrón Electoral de origen utilizado en el sorteo.
Habiendo arrojado resultado favorable las verificaciones expresadas. Con lo que se dio por terminado
el acto, que previa lectura y ratificación firman los asistentes luego de hacerlo S.S., todo por ante mí
que doy fe.
DRA. MARTA ELENA VIDAL
JUEZ ELECTORAL PROVINCIAL
MARIANO CASADO MARCELO MIGUEL BERTOTTI
FISCALIZADOR FISCALIZADOR
LOTERÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA - SOCIEDAD DEL ESTADO
DRA. GABRIELA BENÍTEZ DE BAIGORRÍ
REPRESENTE
ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DRA. DIANA RITA DOMÍNGUEZ DE DRELLER
REPRESENTE
COLEGIO DE ABOGADOS CÓRDOBA
DR. EDUARDO ARSENIO SORIA
REPRESENTANTE
OFICINA DE JURADOS POPULARES
SR. MAURO DÉCIMA
INTEGRANTE DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA DEL PODER JUDICIAL
DRA. MARÍA JOSÉ PÁEZ MOLINA DE GIL
SECRETARIA ELECTORAL
DECRETO - CORDOBA, 09/10/2015.- Atento constancias de autos y el sorteo de ciudadanos que
integran el Listado definitivo de Jurados Populares para el período 2015, conforme lo establece la
Ley 9182 y la Acordada Nº 533 serie "A" de fecha 31/08/2015 del Tribunal Superior de Justicia;
JUZGADO
ELECTORAL PROVINCIAL

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