Decreto 560 de 05 de Abril de 2005

La Plata, 5 de abril de 2005.

Visto: El Expediente 5.854-1565109/01 por el cual se gestiona la retrocesión de la donación efectuada por la Municipalidad de Lanús de bienes inmuebles ubicados en el mencionado distrito, que fueran oportunamente donados a la Dirección General de Cultura y Educación; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 44 se adjunta copia autenticada de la Ordenanza 3908 de fecha 20 de agosto de 1971, dictada por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires en ejercicio de las facultades de Departamento Deliberativo Municipal, mediante la cual se dona a la Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Educación, inmuebles de propiedad Municipal ubicados en las calles Colón y Cecilia Grierson, de la ciudad de Lanús, designados catastralmente como: Circunscripción I. Sección V. Manzana 63. Parcelas 1, 2, 3, 4, 26 y 27 con una superficie total de 1.045,42 m2. para ser destinados a la construcción del edificio de la Escuela de Educación General Básica N° 55 del mencionado distrito;

Que conforme lo actuado en autos surge que el dominio se ha perfeccionado en cabeza del Fisco Provincial;

Que el establecimiento educativo en cuestión no pudo ser construido en el inmueble de marras, por encontrarse ocupado por intrusos;

Que la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y el señor Fiscal de Estado estiman que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente tendiente a la restitución al donante del bien identificado ut supra;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Restitúyase a la Municipalidad de Lanús el dominio de los inmuebles ubicados en las calles Colón y Cecilia Grierson del citado distrito, designados catastralmente como: Circunscripción I. Sección V. Manzana 63. Parcelas 1, 2, 3, 4, 26 y 27 con una superficie total de 1.045,42 m2. que fueran donados al Ministerio de Educación, actual Dirección General de Cultura y Educación para ser destinados a la construcción del edificio de la Escuela de Educación General Básica N° 55 de Lanús.

Artículo 2°

Dése intervención a la...

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