Decreto 538 de 24 de Marzo de 2004

La Plata, 24 de marzo de 2004.

Visto: El expediente Nº 2305-4570/03, por el cual los docentes del Ex -Consejo Provincial del Menor solicitan se les abone una compensación y reintegro de gastos, en concepto de utilización y/o aporte de material didáctico, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado apunta a reintegrar los gastos en que puedan incurrir los docentes en función de las necesidades propias para llevar adelante su tarea y evitar que los mismos tengan que afrontar esos costos adicionales;

Que a los fines expuestos, corresponde acceder a la compensación solicitada;

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires,

Que se han expedido la Asesoría General de Gobierno y la Contaduría General de la Provincia;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

Otórgase a partir de la fecha del dictado del presente, en forma mensual, una compensación y reintegro de gastos, en concepto de utilización y/o aporte de material didáctico, al personal docente del Ex -Consejo Provincial del Menor.

Artículo 2º

Establécese en pesos treinta ($ 30) mensuales la compensación dispuesta en el artículo anterior para el personal con cargo y en pesos dos ($ 2) por hora cátedra para el que se desempeña en tal carácter en el Nivel Medio.

Artículo 3º

Exclúyese de las disposiciones del presente decreto al personal que se halle en uso de tareas pasivas definitivas o transitorias, y a todo aquél que no se encuentre cumpliendo tareas en el destino específico de atención directa de alumnos para el cual fuera designado.

Artículo 4º

El presente Decreto será...

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