Decreto 528. Desígnase Interventor.

Fecha de disposición30 Marzo 2016
Fecha de publicación30 Marzo 2016
SecciónDecretos

Decreto 528/2016

Desígnase Interventor.

Bs. As., 29/03/2016

Visto el Expediente N° S02:0026238/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 8803 de fecha 12 de abril de 1949 se creó la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS, transformada por el Decreto-Ley N° 4.263 de fecha 7 de marzo de 1956 en la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS EMPRESA DEL ESTADO y regulada por la Ley N° 13.653.

Que en virtud del Decreto N° 1456 del 4 de septiembre de 1987, se dispuso la transformación de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS EMPRESA DEL ESTADO en Sociedad del Estado, conforme los términos del Artículo 9° de la Ley N° 20.705 y, asimismo, se aprobó su Estatuto.

Que con fecha 23 de agosto de 1989, por Ley de Reforma del Estado y Emergencia Administrativa N° 23.696, se dispuso la emergencia económico financiera de todos los organismos detallados en el Artículo 1° de la citada norma, donde se incluyeron las Sociedades del Estado, y en su Artículo 3° se especificaron las funciones y atribuciones del INTERVENTOR.

Que la norma citada en el párrafo precedente estableció que será designado también un SUB-INTERVENTOR con funciones gerenciales y de suplencia del INTERVENTOR cuando ello fuere necesario, estando el INTERVENTOR facultado para realizar delegaciones de su competencia en el SUB-INTERVENTOR.

Que mediante el Decreto N° 817 de fecha 26 de mayo de 1992, el PODER EJECUTIVO NACIONAL estableció la disolución de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, la que se efectivizará cuando hayan sido privatizados, transformados o transferidos los puertos que es encuentran bajo su jurisdicción.

Que, asimismo, la Ley Nacional de Puertos N° 24.093 implicó la descentralización de la actividad portuaria y transferencia de los puertos de todo el país a sus respectivas provincias y, pese a que dicha ley establecía la transferencia del Puerto de Buenos Aires a la órbita de la entonces Municipalidad de Buenos Aires, por el Decreto N° 1029 de fecha 24 de junio de 1992, se vetó en forma parcial la citada ley respecto de la transferencia del Puerto de Buenos Aires a la jurisdicción municipal.

Que, en consecuencia, a la fecha, el Puerto de BUENOS AIRES se encuentra bajo la jurisdicción del ESTADO NACIONAL no habiéndose procedido a su transformación y/o transferencia a distinta jurisdicción.

Que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO...

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