Decreto 1238/2014

Fecha de la disposición30 de Julio de 2014



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1238/2014

Designación en la Secretaría de Evaluación Presupuestaria.

Bs. As., 30/7/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0060940/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 1840 del 10 de octubre de 1986 sus modificatorios y complementarios y 491 del 12 de marzo de 2002, las Decisiones Administrativas Nros. 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias y 1 del 12 de enero de 2000 y sus modificatorias y lo solicitado por la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación del Doctor D. Fernando Daniel VARGAS MORA (D.N.I. Nº 25.482.056), como Asesor en la Planta del Gabinete de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8° de la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1° de la medida citada en primer término.

Que conforme al régimen aludido, procede efectuar la designación del Doctor D. Fernando Daniel VARGAS MORA, como Asesor en la Planta del Gabinete de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con la asignación de las Unidades Retributivas correspondientes.

Que, asimismo por el Decreto Nº 1840 del 10 de octubre de 1986 sus modificatorios y complementarios, se prevé un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a más de CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.

Que el referido agente ha acreditado su domicilio en la Provincia de CORRIENTES, por medio de su documento de identidad y certificado de domicilio expedido por la Policía de la Provincia de CORRIENTES, alcanzándole los beneficios acordados por el citado Decreto Nº 1840/86 sus modificatorios y complementarios.

Que el mencionado agente ha efectuado una real y efectiva...

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