Decreto Nº 1.104

EmisorMrio de Agroindustria
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2014

DECRETO Nº 1.104

Mendoza, 4 de julio de 2014

Visto el expediente N° 1674-I-2013-01283 en el cual se tramita la aprobación del Convenio entre la Provincia de Mendoza y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.), suscripto en fecha 26 de julio de 2013; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio tiene por objeto disponer la asistencia técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.) a través del Banco de Soluciones Tecnológicas (BST), dentro del marco de las disposiciones, resoluciones y normativas vigentes, para el diseño, anteproyecto, proyecto, capacitaciones y asistencia técnica concomitante que requiera la Provincia de Mendoza, a fin de que pueda construir, equipar y poner en funcionamiento una "Planta Láctea" con capacidad de procesar 2000 litros diarios de leche cruda;

Que el mencionado Convenio se limita a brindar la asistencia técnica y transferencia de tecnología y no contempla inversión alguna por parte de dicho Instituto, tanto en Obra Civil, equipamiento u otra;

Que las partes acuerdan integrar un "Comité de Coordinación y Control", cuyo fin será el de promover, coordinar y controlar las actividades que surgen del Convenio que se aprueba mediante el presente decreto;

Que se observa en las cláusulas 6°, 7° y 8° del convenio de referencia que los diversos plazos a los que hacen referencia se los contabiliza desde la fecha de suscripción del Convenio, cuando atento a lo dispuesto en el Artículo 2°, Inciso i) de la Ley Nº 8637, el contrato debe considerarse válido y producir efectos a partir de su aprobación por parte del poder Ejecutivo;

Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Agroindustria y Tecnología a fojas 12/13, 72 y 75 del

expediente N° 1674-I-2013-01283 y lo dispuesto por el Artículo 2° Inciso i) de la Ley N° 8637,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio suscripto en fecha 26 de julio de 2013, entre la Provincia de Mendoza, representada por el Ministro de Agroindustria y Tecnología, Licenciado Marcelo Daniel Barg "ad referéndum" del Poder Ejecutivo y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.) representado por su Presidente, Ingeniero Ricardo H. Del Valle, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo.

Artículo 2º

Aclárese que en las Cláusulas 6°, 7° y 8° del Convenio que se aprueba por el Artículo 1° del presente decreto debe entenderse que los diversos plazos a los que se hacen referencia no serán contabilizados desde la fecha de suscripción del Convenio, sino a partir de su aprobación por parte del poder Ejecutivo, atento a lo dispuesto en el Artículo 2°, Inciso i) de la Ley N° 8637.

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Marcelo Daniel Barg

______

Convenio

ENTRE El Ministerio

AGROINDUSTRIA Y

TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA Y EL INTI

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

Entre el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, a través de su Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo (CUIT N° 34-54668706-8), en adelante el "INTI", representado en este acto por su Presidente, Ing. Ricardo H. Del Valle, D.N.I. 10.346.358, con domicilio en Avenida Leandro N. Alem Nº 1.067, piso 7°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un lado, y el Ministerio Agroindustria y Tecnología de la Provincia de Mendoza, representada en este acto por el Sr Ministro Lic. Marcelo Barg, DNI 17.218.115, con domicilio legal en dicho Ministerio, Provincia de Mendoza, siendo el CUIT de ese Ministerio el 30-68933104-8, en adelante "El Ministerio" y ambos en conjunto referidos, en adelante como Las Partes y,

CONSIDERANDO:

Que el INTI, Instituto Nacional de Tecnología Industrial, como organismo público dentro de su accionar contribuye a Federalizar la Industrialización de la Ruralidad, que impulsa el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Industria para incorporar de manera sustentable, valor agregado, conocimiento e innovación en origen a materias primas, procesos productivos, bienes intermedios y de capital en cada uno de los...

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