Decreto 610/2014

Fecha de la disposición28 de Abril de 2014



PRESUPUESTO

Decreto610/2014Modifícase la distribución administrativa del Presupuesto General de la Administración Nacional.

Bs. As., 28/4/2014

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley Nº 26.895 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 648 del 26 de mayo de 2004 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 648/04 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que resulta prioritario conformar en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION un reajuste de estructuras que permita lograr una mayor eficiencia en el proceso de toma de decisiones, evitando la superposición de funciones, mejorando los tiempos de cumplimiento de las tareas asignadas, dinamizando los trámites a cumplir y optimizando los recursos existentes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que a los fines de agilizar el óptimo cumplimiento de los cometidos asignados a la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, resulta necesario crear DOS (2) cargos extraescalafonarios de Coordinador de Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial y de Subcoordinador de Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial, con dependencia directa de la SUBSECRETARIA GENERAL de la citada Secretaría.

Que resulta necesario efectuar una reestructuración en la composición de los cargos aprobados para la jurisdicción 20-01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en virtud de la Ley enunciada en el visto.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos , y 10 de la Ley Nº 26.895, y el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA...

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