Decreto 495-2011

Fecha de la disposición14 de Abril de 2011

DECRETO Nº 0495

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

04 ABR 2011

VISTO:

El expediente Nº. 00304-0007058-9, del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.); y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 43º de la Ley Provincial Nro. 13.174 de Presupuesto 2011 establece que este Poder Ejecutivo garantizará para las Municipalidades y Comunas adelantos financieros transitorios, con el objeto exclusivo de atender erogaciones vinculadas con la política salarial durante el ejercicio 2011;

Que asimismo, dispone que estos adelantos serán remitidos junto con la segunda quincena de coparticipación y no podrán superar el promedio de lo transferido en los últimos seis meses en concepto de coparticipación de la primera quincena, y cuando será retenido el importe.

Que, acorde al último párrafo del artículo mencionado, corresponde dictar el reglamento que facilite a los Municipios y Comunas acceder a los beneficios de la ley y establezca en el marco de la normativa vigente, el orden de privilegios para el descuento de los adelantos que se soliciten;

Que han intervenido los organismos técnicos competentes del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, del Ministerio de Economía y Fiscalía de Estado;

Que la Constitución Provincial en su artículo 72º inciso 4º, autoriza al dictado de la presente;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º

Apruébase como reglamento del artículo Nº 43º de la Ley Provincial Nº 13.174 de Presupuesto 2011, las normas contenidas en el Anexo Único...

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