Decreto 1883/2013

Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2013



SERVICIOS PUBLICOS

Decreto1883/2013Recházase recurso interpuesto contra la Resolución Nº 7/1999 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios.

Bs. As., 18/11/2013

VISTO el Expediente Nº 12.628/99 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) y los Decretos Nº 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente mencionado en el Visto tramita el recurso de alzada en subsidio del de reconsideración planteado por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución Nº 7 de fecha 10 de febrero de 1999 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que la Resolución mencionada establece que la ex Concesionaria deberá proceder a la devolución de los montos facturados en exceso respecto de los inmuebles pertenecientes a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES sitos en las calles Arenales Nº 1231, Bolívar Nº 233, Reconquista Nº 694 y el complejo denominado CIUDAD UNIVERSITARIA, todos de esta CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, con efecto retroactivo al 1° de mayo de 1993 adicionándose a los importes resultantes a favor del usuario los intereses y recargos que establece el Numeral 11.8 del Contrato de Concesión.

Que la recurrente basó formalmente sus impugnaciones en el marco de los Artículos 84 y 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, y los fundamentos que sustentan su posición surgen del escrito de fojas 199/204.

Que no obstante ello, la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA comunica el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 7 de fecha 10 de febrero de 1999 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), habiendo extendido notas de crédito por PESOS SEISCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS DOCE ($ 604.312) que sumados al crédito emitido en el mes de noviembre de 1998 por PESOS CINCUENTA Y DOS MIL TREINTA Y CINCO CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 52.035,73), completa lo estipulado en dicha Resolución, no obstante aclara que “...dicha Resolución lesiona sus legítimos derechos, hace reserva de apelar y de prosperar, procederá a facturar las diferencias que se obtengan”.

Que el entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) dictó la Resolución Nº 83 de fecha 16 de setiembre de 1999, por...

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