Decreto 1808/2013

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2013



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto1808/2013Dase por designado el Director de Control Fronterizo de la Dirección General de Movimiento Migratorio de la Dirección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 14/11/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0001381/2013 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA y de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 22 del 8 de septiembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° de la Ley citada en el visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la mencionada Ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo .en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.

Que en razón de lo expuesto resulta necesario autorizar la cobertura transitoria del cargo de Director de Control Fronterizo de la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, el que se halla vacante, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la referida Ley, el que deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Que a través de la Resolución Conjunta ex SG y GP y SH...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR