Decreto N° 1.480

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2013

DECRETO N° 1.480

Mendoza, 9 de setiembre de 2013

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Municipal N° 1545 de fecha 28 de diciembre de 2013, se promulgó la Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza N° 3842/13 -Presupuesto Municipal año 2013, cuyas copias obran a fs. 72 y 3/18, respectivamente, del expediente N° 00765-M-13-01027.

Que por medio del Artículo 33 de la citada Ordenanza, se autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a tomar endeudamiento, sin especificar monto máximo, con destino a la renovación del parque automotor liviano (autos y motos) y/o pesado (camiones y maquinarias), autorizando asimismo a “afectar en garantía los recursos que le correspondan dentro del régimen de Participación Municipal previsto en la Ley N° 6396 y modificatorias...”

Que a fs. 34 del expediente de referencia, se encuentra certificación emitida por el Secretario Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, en la que se informa la de obtención de mayoría especial necesaria para las tramitaciones de endeudamiento.

Que el financiamiento cuya autorización se solicita, se encuadra en la línea de crédito establecida por la Reglamentación N° 454 del Banco de la Nación Argentina obrante a fs. 73/80 del expediente N° 00765-M-13-01027, en el marco del Programa de Financiamiento para la Ampliación y Renovación de Flota dispuesta por Decretos Nacionales N° 494/2012 y N° 1666/12.

Que no existe en la documentación acompañada por la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, constancia de la Resolución del Honorable Directorio del Banco de la Nación Argentina otorgando el financiamiento a dicho Municipio, la cual es indispensable para culminar el trámite de autorización ante la Secretaría de Hacienda de la Nación, debiendo acompañarse a esta última, copia certificada de la Resolución referida que se emita al efecto.

Que sin perjuicio de lo expuesto en el considerando precedente, en opinión de la Dirección General de la Deuda Pública plasmada en el informe de fs. 87/91 del expediente de referencia, puede proseguirse con el trámite de autorización en el ámbito de la Provincia, atento a que las condiciones financieras del préstamo se encuentran establecidas en la Reglamentación N° 454 del Banco de la Nación Argentina, en el marco del Programa de Financiamiento para la Ampliación de Renovación de Flota Decretos Nacionales N° 494/12 y N° 1666/12 y tomando como límite el monto solicitado...

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