DECRETO 4336 / 2018 DECRETO de 12 de Diciembre de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Enero de 2019
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2018
Número de Boletín29404
Fecha de Publicación 3 de Enero de 2019
Número de documento70160

DECRETO N° 4.336/7 (MS), del 12/12/2018.-

EXPEDIENTE N° 2669/480-2016 y agdos.-

VISTO que por estas actuaciones el señor Esteban Alejandro VICARI interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución N° 4223/480-2017 -IPLA de fecha 28/08/2017, confirmatoria de la Resolución N° 1533/480-2017-IPLA de fecha 03/04/2017, ambas emitidas por el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 4223/480-17-IPLA se desestima el Recurso de Reconsideración interpuesto por el recurrente en contra de la Resolución N° 1533/480-2017 -IPLA del 03/04/2017 (fs. 15), y se intima a dar cumplimiento" con la sanción allí impuesta, es decir, se ratifica la sanción de clausura de un negocio propiedad del señor Esteban Alejandro VICARI, ubicado en avenida Siria N° 1.655 de esta ciudad, por infracción al artículo 30° inciso 6 de la Ley 7.243(Venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido y que no sean para ser consumidas dentro del local a partir de las 23:00 hs. y hasta las 9:00 hs.), según consta en el acta de infracción N° 121823, labrada en lugar del hecho en fecha 02/07/2016 (fs. 01), y se le aplica una sanción de multa equivalente a cinco veces el importe de Permiso de Expendio Anual e Inspección resultante en la suma de $16.475,00.

Que el recurso se presentó según el plazo del artículo 68 de la Ley N° 4.537, por lo que resulta formalmente admisible.

Que el recurrente alega como fundamento de la impugnación que el organismo emisor del acto no observó que negó haber cometido la infracción y que aportó pruebas para demostrar la verdad de los hechos, considerando que el IPLA desestima argumentos esgrimidos en su defensa sin analizar las pruebas ofrecidas, por lo que las resoluciones resultan nulas por arbitrarias.

Que además sostiene que el personal del IPLA efectuó un defectuoso cumplimiento del deber de...

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