Decreto 401/2013

Fecha de disposición11 Abril 2013
Fecha de publicación18 Abril 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 11/4/2013

VISTO los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2.332 del 18 de noviembre de 2002, 1.329 del 29 de diciembre de 2003, 901 del 15 de julio de 2004, 589 del 2 de junio de 2005, 994 del 1° de agosto de 2006, 117 del 13 de febrero de 2007, 752 del 14 de junio de 2007, 211 del 5 de febrero de 2008, 2.003 del 24 de noviembre de 2008, 1.573 del 26 de octubre de 2009, 628 del 3 de mayo de 2010, 179 del 22 de febrero de 2011, 1.893 del 17 de noviembre de 2011 y 1.519 del 28 de agosto de 2012 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 2.332 del 18 de noviembre de 2002 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, entre otros, el cargo de Director de Asistencia Técnica para la Enseñanza Pública de Gestión Privada dependiente de la ex SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.

Que en el artículo 4° del mencionado Decreto Nº 2.332/02 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

Que por el Decreto Nº 1.329 del 29 de diciembre de 2003 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 901 del 15 de julio de 2004, 589 del 2 de junio de 2005, 994 del 1° de agosto de 2006, 117 del 13 de febrero de 2007, 752 del 14 de junio de 2007, 211 del 5 de febrero de 2008, 2.003 del 24 de noviembre de 2008, 1.573 del 26 de octubre de 2009, 628 del 3 de mayo de 2010, 179 del 22 de febrero de 2011, 1.893 del 17 de noviembre de 2011 y 1.519 del 28 de agosto de 2012 se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el...

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