Decreto Nº 112/GCABA/13
Firmantes | MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Marzo de 2013 |
VISTO:
la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector
Público de la Ciudad y el Decreto N° 1.000-GCBA-1999, reglamentario de la citada
norma, el Expediente N° 448.515/2013, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto
para el ejercicio 2013 formulado por la entidad BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS
AIRES, actuante en el Ministerio de Hacienda;
Que, la Ley N° 70 y su Decreto Reglamentario N° 1000-GCABA-99 (BOCBA N° 704)
determinan la obligatoriedad que tienen las máximas autoridades de las Empresas y
Sociedades con participación mayoritaria del Estado de remitir, antes del 30 de
setiembre de cada año, el proyecto de presupuesto anual que regirá su gestión
durante el ejercicio siguiente, para ser sometidos a la aprobación del Poder Ejecutivo y
publicarlo luego, en síntesis, en el Boletín Oficial;
Que, mediante el Decreto N° 235-GCABA-12 se aprobó como Anexo II del mismo el
cronograma de acciones para la elaboración de los proyectos de presupuesto de
gestión, de financiamiento y gastos de las empresas y sociedades con participación
estatal mayoritaria y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el
Estado sea parte en las decisiones societarias;
Que, el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, expone las premisas
económicas que se han tenido en cuenta para la elaboración de su Presupuesto
General Económico Nro. 137, detallando sus ingresos y egresos, la dotación de
personal, el estado de resultado proyectado, de situación patrimonial y el de flujo de
efectivo para dicho periodo;
Que, obra en el expediente citado en el Visto, de conformidad con lo establecido por el
de la Ley 70, el informe favorable de la Oficina de Gestión Pública y.
Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Gestión y Administración Financiera
del Ministerio de Hacienda;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias (artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2013 de la Entidad BANCO DE LA.
CIUDAD DE BUENOS AIRES, actuante en el Ministerio de Hacienda, de acuerdo al
detalle que figura en los anexos I y II, y que forman parte integrante del presente
decreto.
Estimase en la suma de PESOS TRES MIL CIENTO SEIS MILLONES.
SETECIENTOS...
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