DECRETO 4264 / 2016 DECRETO de 26 de Diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor14 de Enero de 2017
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2016
Número de Boletín28921
Fecha de Publicación13 de Enero de 2017
Número de documento57897

DECRETO N° 4.264/4 (SENAyF), del 26/12/2016.

EXPEDIENTE N° 094/473-H-2.015.

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Subdirectora del Hogar Escuela "Eva Perón" y Centro de Recepción "San Luis Gonzaga", solicita la titularización del agente Alfredo Daniel Juri, en categoría 18, y

CONSIDERANDO:

Que fundamenta lo requerido en razón de que fue omitido involuntariamente en el listado del personal gestionado por Expediente N° 61/473-H-2.014, en el marco de las disposiciones del Decreto Acuerdo N° 10/3(SH) de fecha 14/04/2.014 y sus modificatorios y ampliatorios;

Que a fs. 02/04 se agrega Foja de Servicios del agente en cuestión;

Que a fs. 08 la Dirección de General de Recursos Humanos considera que corresponde reencasillar en una categoría 18 al señor Juri por percibir mensualmente el adicional que otorga el Art. 3° del Decreto N° 892/3-12;

Que a fs. 10 la Dirección General de Presupuesto, informa que mediante Decreto instrumentado a través de la Secretaría de Estado de Hacienda se deberá crear un cargo categoría 18, a tal efecto se agrega Decreto N° 857/3-SH de creación del cargo que se gestiona;

Que a fs. 13 emite dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social;

Que a fs. 19 emite informe de su competencia la Dirección de Capital Humano del Ministerio de Desarrollo Social;

Que lo gestionado se encuadra en lo establecido por los artículos 13°, 16° y ss. de la Ley N° 5.473, estimándose procedente dictar la medida administrativa pertinente.

Por ello y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 12 (dictamen N° 0052 del 13/01/2.016),

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Asignase al señor Alfredo Daniel Juri, DNI N° 11.238.873, la categoría 18 de Planta Permanente de la U

O. N° 900 Hogar Escuela Eva Perón, en virtud del considerando que...

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