Decreto N° 189

EmisorMrio de Agroindustria
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2013

DECRETO N° 189

Mendoza, 8 de febrero de 2013

Visto el expediente N° 2045-M-2012-01283, en el cual se solicita la aprobación del Convenio suscripto entre la Provincia de Mendoza y el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men.); y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado tiene su origen en el Convenio y su Anexo suscriptos entre la Provincia de Mendoza y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, el que fue ratificado por Decreto N° 2088/11, referido al Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola Argentina, con el objeto de mejorar la competitividad del sector vitivinícola;

Que dicha suma será transferida directamente desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación al Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men.) quien realizará la administración y disposición de los fondos en el marco de lo dispuesto precedentemente y conforme expresas instrucciones y requerimientos formule por escrito el Ministro de Agroindustria y Tecnología a través de la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Alimentos;

Que los recursos aportados por el citado Ministerio y conforme con la Cláusula Segunda del Convenio ratificado por el decreto antes citado, serán exclusivamente aplicados a Aportes No Reintegrables o créditos a tasa cero (0), para financiar total o parcialmente la ejecución de los proyectos productivos que resulten elegibles y aprobados por dicho Ministerio, priorizándose aquellos proyectos que generen mayor empleo y los que por su ubicación territorial beneficie a las localidades más postergadas y con indicadores sociales más deteriorados;

Que la Provincia de Mendoza tiende a mejorar la competitividad del sector vitivinícola, fortaleciendo el volumen de negocios así como la generación de valor y empleo genuino y en particular, integrar a la cadena de valor vitivinícola a los pequeños y medianos productores y establecimientos procesadores cooperativos y comunitarios, resultando prioritario para el Gobierno Nacional a través de sus organismos, asistir a los productores vitivinícolas con el consiguiente beneficio para el desarrollo regional;

Que las partes intervinientes acuerdan suscribir el Convenio de referencia, mediante el cual el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men.) se compromete a operativizar la asistencia financiera que esta Provincia convenga mediante el denominado Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola Argentina, a cuyos efectos dicho Instituto actuará como Unidad Ejecutora de Proyectos, a fin de administrar y disponer de los fondos por sí o mediante convenios a celebrarse con terceros de acuerdo con la Cláusula Primera de dicho Convenio;

Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 18 Inciso g)...

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