Decreto 1425/2008

Fecha de disposición10 Septiembre 2008
Fecha de publicación10 Septiembre 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31486
Miércoles 10 de setiembre de 2008 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.486 3
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Of‌icial y archíve-
se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.— Sergio T.
Massa. — Aníbal F. Randazzo. #F3454207F#
#I3454208I#
#N9613/08N#
ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Modifícase el artículo del Decreto
Nº 1244/2007, estableciendo los montos
que no deberá superar la retribución bruta
mensual, normal, habitual, regular y perma-
nente de los agentes habilitados para rea-
lizar ser vicios extraordinarios, a partir del
1º de junio de 2008 y del 1º de agosto de
2008.
Bs. As., 4/9/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0209592/2008 del
Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, los Decretos Nros. 290 del
27 de febrero de 1995, 704 del 30 de julio
de 1997, 977 del 29 de julio de 2004, 1993
del 29 de diciembre de 2004, 1213 del 27 de
septiembre de 2005, 214 del 27 de febrero
de 2006, 973 del 31 de julio de 2006 y 1244
del 17 de septiembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de adecuar el tope salarial
establecido para la realización de horas ex-
tras el Artículo 1º del Decreto Nº 1244 del 17
de septiembre de 2007 modif‌icó el Artículo
1º del Decreto Nº 1213 del 27 de septiembre
de 2005, estableciendo que la retribución
bruta mensual, nor mal, habitual, regular y
permanente de los agentes habilitados para
realizar servicios extraordinarios, con excep-
ción de los servicios requeridos por terce-
ros, no deberá superar el monto de PESOS
UN MIL SETECIENTOS ($ 1.700), PESOS
UN MIL OCHOCIENTOS DIEZ ($ 1.810) y
PESOS UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA
($ 1.990), a partir del 1 de junio de 2007, del
1 de agosto de 2007 y del 1 de octubre de
2007, respectivamente.
Que mediante el Acta Acuerdo del 6 de
mayo de 2008 celebrada en el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL en el marco de la Comisión Pari-
taria del Convenio Colectivo General para la
Administración Pública Nacional homologa-
do por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero
de 2006 se establecieron las pautas para el
incremento de las retribuciones del personal
comprendido en el ámbito de dicho Conve-
nio Colectivo.
Que el Decreto Nº 883 del 29 de mayo de
2008 homologó el Acta Acuerdo del 15 de
mayo de 2008 celebrada en el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL en el marco de la Comisión Nego-
ciadora del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal comprendido en el
SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) aprobado
por el Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, median-
te la cual se instrumentó el incremento men-
cionado en el considerando precedente.
Que por efecto de la aplicación de las medi-
das dispuestas en el segundo y tercer consi-
derandos y con el propósito de mantener la
realización de servicios de ejecución impos-
tergable por par te de aquellos agentes que
en razón de sus funciones deban realizar
servicios extraordinarios, es necesario f‌ijar
la nueva franja por nivel de ingresos habili-
tada para su realización, elevándola a PE-
SOS DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE
($ 2.187) y PESOS DOS MIL TRESCIEN-
TOS NOVENTA Y NUEVE ($ 2.399), a partir
del 1 de junio de 2008 y del 1 de agosto de
2008, respectivamente.
Que la COMISION TECNICA ASESORA
DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR
PUBLICO ha tomado la intervención que le
compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurí-
dicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de
las atribuciones emergentes del Artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Modifícase el Artículo 1º del
Decreto Nº 1244 del 17 de septiembre de 2007,
estableciendo que la retribución bruta mensual,
normal, habitual, regular y permanente de los
agentes habilitados para realizar ser vicios ex-
traordinarios, con excepción de los servicios
requeridos por terceros, no deberá superar el
monto de PESOS DOS MIL CIENTO OCHENTA
Y SIETE ($ 2.187) y PESOS DOS MIL TRES-
CIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 2.399), a par-
tir del 1 de junio de 2008 y del 1 de agosto de
2008, respectivamente.
Art. 2º — El mayor gasto que pudiere re-
sultar por la aplicación de la presente medida
será absorbido por las Jurisdicciones, Entida-
des u Organismos del Sector Público Nacional
con el crédito presupuestario vigente, previsto
en la par tida específ‌ica correspondiente, sin
que tal mayor gasto origine incremento alguno
en dicho crédito.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Of‌icial y archíve-
se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Carlos
R. Fernández. — Sergio T. Massa. #F3454208F#
#I3454212I#
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 1428/2008
Danse por prorrogadas designaciones
transitorias efectuadas oportunamente en
la Secretaría de Medios de Comunicación.
Bs. As., 4/9/2008
VISTO la Ley Nº 26.337, los Decretos Nº 1214
de fecha 6 de septiembre de 2007, Nº 491
de fecha 12 de marzo de 2002 y lo solicitado
por la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-
TROS, a instancia de la SECRETARIA DE
MEDIOS DE COMUNICACION, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presu-
puesto de la Administración Nacional para
el ejercicio del año 2008.
Que mediante el Decreto Nº 1214/07 se
dieron por prorrogadas, por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días, las desig-
naciones transitorias del Contador Público
D. Gustavo Adolfo DOLMEN, en el cargo
de Director de la Delegación Técnico Ad-
ministrativa y del Doctor D. Daniel Osvaldo
MOTTA, en el cargo de Director de la De-
legación Legal, ambos dependientes de la
Subsecretaría de Gestión de Medios de la
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNI-
CACION de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que resulta procedente efectuar una nueva
prórroga de las mencionadas designaciones
por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días y como excepción a lo establecido en
el Título III, Capítulo III y en el artículo 71,
primer párrafo, primera par te del Anexo I al
Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995), toda vez que
aún no se han realizado los procesos de se-
lección previstos.
Que los cargos aludidos no constituyen asig-
nación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se esta-
bleció que toda designación, asignación de
funciones, promoción y reincorporación de
personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en
cargos de planta per manente y no perma-
nente, incluyendo en estos últimos al perso-
nal transitorio y contratado, cualquiera fuere
su modalidad y fuente de f‌inanciamiento,
será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídi-
cos de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha to-
mado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de
las atribuciones emergentes del artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto
491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Danse por prorrogadas, por
el término de CIENTO OCHENTA (180) días, a
partir del 4 de abril de 2008, las designaciones
transitorias efectuadas oportunamente en el ám-
bito de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMU-
NICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, del personal detallado en la planilla
que, como Anexo I, forma parte integrante del
presente decreto, con carácter de excepción a lo
establecido en el Título III, Capítulo III y artículo
71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al
Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).
Art. 2º — Los cargos involucrados deberán
ser cubiertos conforme los sistemas de selec-
ción previstos por el SISTEMA NACIONAL DE
LA PROFESION ADMINISTRATIVA —Decreto
993/91 (T.O. 1995)— en el término de CIEN-
TO OCHENTA (180) días contados a partir de la
fecha indicada en el artículo 1º del presente.
Art. 3º — El gasto que demande el cumpli-
miento de lo dispuesto por la presente medida
será atendido con cargo a las partidas especí-
f‌icas correspondientes al Programa 19 - Prensa
y Difusión de Actos de Gobierno - de la Jurisdic-
ción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-
TROS.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Of‌icial y archíve-
se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio
T. Massa.
ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE MEDIOS
DE COMUNICACION
SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS
- Director de la Delegación Técnico Adminis-
trativa, F. E. II, Contador Público D. Gustavo
Adolfo DOLMEN (D.N.I. Nº 11.198.478), Nivel
A Grado 0.
- Director de la Delegación Legal, F. E. III, Doctor
D. Daniel Osvaldo MOTTA (D.N.I. Nº 8.572.642),
Nivel A Grado 4. #F3454212F#
#I3454214I#
#N9619/08N#
JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decreto 1429/2008
Dase por designada, con carácter transito-
rio al titular de la Dirección de Presupuesto,
Compras y Contrataciones, de la Dirección
General Técnico Administrativa de la Sub-
secretaría de Coordinación.
Bs. As., 4/9/2008
VISTO el expediente Nº 2043/2008 del registro
de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-
NISTROS, la Ley Nº 26.337, los Decretos
Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 1275
del 2 de octubre de 2007, lo solicitado por
la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-
TROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tra-
mita la solicitud de designación como titular
de la DIRECCION PRESUPUESTO COM-
PRAS Y CONTRATACIONES dependiente
de la DIRECCION GENERAL TECNICO
ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, de la Doctora
Da. Liliana Inés CLAVERO MITRE.
Que por la Ley Nº 26.337 se aprobó el Pre-
supuesto de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2008.
Que el artículo 7º de la mencionada Ley es-
tablece que las Jurisdicciones y Entidades
de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes y f‌inan-
ciados existentes al 1º de enero de 2008, ni
los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe
de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se esta-
bleció, entre otros aspectos, que toda desig-
nación de personal, en el ámbito de la Admi-
nistración Pública, centralizada o descentra-
lizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la
jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 1275/07,
se dio por prorrogada, por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días, la designa-
ción transitoria de la agente perteneciente
a la planta permanente Nivel B Grado 9,
Doctora Da. Liliana Inés CLAVERO MITRE,
entre otros, en el cargo en el que fuera de-
signada oportunamente como COORDINA-
DORA DE BIENES Y CONTRATACIONES
con Función Ejecutiva Nivel IV, dependien-
te de la DIRECCION DE PRESUPUESTO
COMPRAS Y CONTRATACIONES de la
DIRECCION GENERAL TECNICO ADMI-
NISTRATIVA de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION de esta JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta procedente limitar la menciona-
da designación, a partir del 2 de mayo de
2008, a los efectos de ser designada, con
carácter transitorio por el término de CIEN-
TO OCHENTA (180) días, a partir de la fe-
cha citada precedentemente, como titular de
la referida DIRECCION DE PRESUPUES-
TO, COMPRAS Y CONTRATACIONES con
Función Ejecutiva Nivel II, exceptuándola
a tal efecto de lo establecido en el artículo
7º de la Ley Nº 26.337 y lo dispuesto por el
TITULO III, CAPITULO III y artículo 71 - pri-
mer párrafo, pr imera parte, del Anexo I del
Decreto 993/91 (t.o. 1995).
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.337
se dispuso que las facultades otorgadas al
señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán
ser asumidas por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en su carácter de responsable
político de la administración general del país
y en función de lo dispuesto por el inciso 10
del ar tículo 99 de la CONSTITUCION NA-
CIONAL.
Que el cargo aludido no constituye asigna-
ción de recurso extraordinario alguno.
Que la agente propuesta ha efectuado una
real y efectiva prestación de servicios a par-
tir del 2 de mayo de 2008, por lo que proce-
de designarla con efectos a esa fecha.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º,
establece que los proyectos de decreto que
propicien designaciones, contrataciones
que no impliquen renovación o prórroga, y
reincorporación de personal en el ámbito de
la Administración Pública Nacional deberán
ser acompañados por la documentación de-
tallada en la Circular del Secretario Legal y
Técnico Nº 4/02.
Que la agente de que se trata, se encuentra
exceptuada de lo establecido en el referido

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR