Decreto 4176 / 2007. Decreto Sintetizado del 25 de Octubre de 2007. Aviso Nro: 285

Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2007
Número de Boletín26661
Fecha de Publicación13 de Noviembre de 2007

DECRETO N° 4.176/4 (SGPS), del 25/10/2.007.

Introdúcese las siguientes modificaciones al Modelo de Contrato de Provisión de Tickets aprobado por Decreto N° 3.898/4-SGPS del 09/10/2.007:

Donde dice la palabra "vales" debe decir "tickets"; - Agregar en la Cláusula Segunda los siguientes incisos:

g) Color Amarillo. h) La Leyenda "exclusivo para compra de alimentos. - Suprimir en la Cláusula Sexta, inciso 1) in fine la frase:

"y demás datos exigidos por la normativa vigente". - Modificar los incisos 2) y 4) de la Cláusula Sexta, los que quedan redactados de la siguiente manera:

2) Los pedidos los efectuará exclusivamente la o las persona/s autorizada/s por resolución de la Provincia y notificada fehacientemente a la empresa a través de e-mail al servidor oficial con encriptación AES de 128 o 256 bits. El código de seguridad será provisto a La Provincia por La Empresa. Esta última deberá notificar fehacientemente a la Provincia la dirección de e-mail a la que se deberá remitir el archivo de beneficiarios. 4) La recepción de los tickets será acreditada mediante la firma del recibo correspondiente por parte de la persona designada por la Provincia como responsable de la recepción de los mismos". - En la Cláusula Séptima donde dice:

Contendrán también la leyenda "válido por treinta (30) días" debe decir:

Contendrán también la leyenda "para ser utilizado dentro de los treinta (30) días". - Suprimir los incisos 1), 2) y 3) de la Cláusula Octava y agregar a la misma el siguiente texto:

"La Empresa garantizará que los tickets alimentarios sean recibidos por los comercios adheridos al sistema, en las mismas condiciones que el dinero en efectivo, sin recargos de ningún tipo, aplicando sanciones, previo informe a la Provincia, a los comercios que incurran en infracciones al sistema y que de cualquier manera obstaculicen y/o dificulten el objetivo del mismo en perjuicio de sus beneficiarios. La Empresa deberá informar a La Provincia la nómina de los comercios adheridos, en forma detallada y discriminada por rubros, en un plazo no mayor a 10 días contados desde la firma del presente Convenio. Asimismo, mensualmente informará las bajas y altas de los comercios que adhieran al sistema de tickets alimentarios. Vencido el período de validez de los tickets, dentro de los treinta días siguientes, la Empresa rendirá detallada cuenta de los tickets emitidos y no presentados al cobro, de los cobrados y no cobrados, como así también los que hayan sido anulados por...

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