DECRETO 4175 / 2018 DECRETO de 4 de Diciembre de 2018

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2018
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2018
Número de Boletín29396
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2018
Número de documento69889

DECRETO N° 4.175/7 (SES), del 03/12/2018.

EXPEDIENTE N° 1030/215-2015.-

VISTO que por estas actuaciones el señor Mauro Germán ANCALAY VERA, interpone Recurso de Reconsideración en contra de Decreto N° 372/14 (SSC) de fecha 22/02/2017; y

CONSIDERANDO:

Que por la citada medida administrativa (fs. 55-56) se dispuso rechazar la petición del causante de incorporación a la planta permanente del Servicio Penitenciario Provincial y disponer el cese, sin derecho a indemnización, como personal transitorio de la mencionada repartición.

Que conforme constancia de fs. 56 vta., el recurrente se notifica en disconformidad del contenido del Decreto N° 372/14 (SSC) y fundamenta la impugnación a fs. 59-60.

Que el artículo 3° Inc. 2) de la Ley N° 4537 establece el principio del informalismo en los trámites, permitiéndose a los administrados subsanar errores no esenciales o calificar correctamente sus recursos, reclamaciones o peticiones.

Que el recurrente califica la impugnación como recurso jerárquico el cual no procede contra el acto cuestionado, por lo que corresponde su tratamiento como recurso de reconsideración.

Que el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto en el artículo 63 de la Ley N° 4537 por lo que resulta formalmente admisible.

Que el Decreto N° 372/14 (SSC)-17, en su artículo 1°, rechaza la petición del señor Mauro Germán ANCALAY VERA de incorporación a la planta permanente del Servicio Penitenciario Provincial y por el artículo 2° dispone su cese, sin derecho a indemnización, como personal transitorio dependiente de la citada repartición.

Que el recurrente, como fundamento de la impugnación deducida, alega que el acto impugnado se basa en informes emitidos por la Dirección de Personal del Servicio Penitenciario Provincial que calificaron como ausentismo situaciones de licencia por enfermedad o accidente ajenas a su persona.

Considera que la cesantía se fundó en motivos inexistentes y no comprobables que tornan nulo e ineficaz el...

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