Decreto 417/2019

Fecha de publicación13 Junio 2019
SecciónDecretos
EmisorFERIAS INTERNACIONALES
Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-12922597-APN-DGD#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° de la Ley N° 20.545 y sus modificatorias se derogaron aquellas normas que autorizaban importaciones sujetas a desgravaciones de derechos de importación o con reducción de dichos derechos, a fin de promover la protección del empleo y la producción nacional.

Que por el artículo 5°, inciso s) de la Ley N° 20.545, incorporado por el artículo 1º de la Ley N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley Nº 22.792, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a eximir en forma total o parcial del pago de los derechos de importación y demás tributos que gravan las importaciones para consumo de mercaderías para ser presentadas, utilizadas, obsequiadas, consumidas o vendidas en o con motivo de exposiciones y ferias efectuadas o auspiciadas por Estados extranjeros o por entidades internacionales reconocidas por el Gobierno Nacional.

Que la FUNDACIÓN FUNDAL (C.U.I.T. N° 30-67913585-2) solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, vestimentas y accesorios de vestir, femeninos, masculinos y de niños, telas, indumentaria y artículos deportivos, artículos de perfumería, cosmética y sahumerios, muebles típicos, bazar, porcelanas, juguetes, artículos de librería, artículos de bijouterie, herramientas, libros, folletos impresos, catálogos, afiches y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de los países participantes en la “XVIII FERIA FUNDAL DE LAS COLECTIVIDADES” Paseando por el Mundo, a realizarse en las instalaciones del Club Atlético Lanús, Predio Alsina, sito en la calle Remedios de Escalada de San Martín N° 3504/3606, Lanús, Provincia de BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA), del 10 de junio al 30 de agosto de 2019.

Que brindan su apoyo institucional auspiciando este evento el CONSULADO GENERAL DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ y la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE PAKISTÁN en nuestro país.

Que la realización de esta muestra tendrá como finalidad recaudar fondos para ayudar a mejorar la calidad de vida social y cultural de la población infantil.

Que la “XVIII FERIA FUNDAL DE LAS COLECTIVIDADES” Paseando por el Mundo es la principal fuente de ingresos con que cuenta la FUNDACIÓN FUNDAL para alcanzar dicha meta, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de los productos mencionados por un valor FOB de DÓLARES ESTADOUNIDENSES...

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