Decreto N° 2.385
Emisor | Mrio de Infraestructura y Energia |
Fecha de la disposición | 17 de Diciembre de 2012 |
DECRETO N° 2.385
Mendoza, 17 de diciembre de 2012
Visto el Expediente N° 1154-D-2012-30093 (XV Cuerpos), en el cual obran los antecedentes de la Licitación Pública efectuada por la Coordinación de Infraestructura Básica del Ministerio de Infraestructura y Energía en fecha 12 de septiembre del año 2012, para la ejecución de la obra "Línea Subterránea Alta Tensión - Doble Terna en 132 KV - Villa Nueva - Guaymallén - Mendoza", autorizada por Decreto N° 1258/2012; y
CONSIDERANDO:
Que al acto de que se trata, según ilustra el acta obrante a fojas 2959/2960 del arriba citado, se presentaron las Empresas: Kioshi S.A., Distrocuyo S.A. y Obras Andinas S.A.- Leveltec S.A. (U.T.E.).
Que en el acto de apertura se rechazó la propuesta de la empresa Kioshi S.A. devolviéndosele el Sobre N° 2 por no presentar constancia de inicio de trámite en el Registro de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas.
Que a fojas 3109/3110 obra copia del dictamen del Consejo de Obras Públicas de fecha 11 de octubre del año 2012, apoyando la opinión de la Comisión de Preadjudicación de adjudicar los trabajos de que se trata a la U.T.E. mencionada en el párrafo anterior y por el importe allí citado.
Por lo expuesto y en conformidad con lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura y Energía y por Fiscalía de Estado,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Rechácese la oferta presentada por la firma Kioshi S.A. a la Licitación Pública efectuada por la Coordinación de Infraestructura Básica del Ministerio de Infraestructura y Energía, cuyo llamado fue autorizado por Decreto N° 1258/2012, por no presentar constancia de Inicio de Trámite en el Registro de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas (RACOP).
Presupuesto Básico de la Obra
Previsión para Variaciones de Precios
Otros Costos de Obra
Gastos Generales
Honorarios Profesionales
Total
Facúltese a la Coordinación de Infraestructura Básica del Ministerio de Infraestructura y Energía a celebrar el pertinente contrato de obra pública.
El gasto emergente de la obra de que se trata, será atendido por la Dirección de Ejecución y Control de Servicios Públicos del Ministerio de Infraestructura y Energía, en la siguiente forma y proporción:
Con cargo al Presupuesto de Erogaciones vigente - Ejercicio 2012: Unidad de Gestión de Crédito...
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