Decreto 1277/2008

EmisorPrefectura Naval Argentina
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2008

Promociones.

Bs. As., 5/8/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0000252/2008 del registro de PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2629 del 19 de diciembre de 2002 fue promovido al grado inmediato superior, a partir del 31 de diciembre de 2002, el Personal Superior de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA que reunía las condiciones reglamentarias correspondientes.

Que idéntica medida se adoptó por Decreto Nº 225 del 1º de marzo de 2006, a contar del 31 de diciembre de 2005.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 49, inciso b), de la Ley Nº 18.398 y sus modificatorias, no fueron considerados para el ascenso en los años 2002, 2003, 2004 y 2005 el Oficial Principal D. Gustavo Oscar KUBIS y, por idénticas razones, en los años 2005 y 2006 el Oficial Ayudante D. Leandro Danilo GONZALEZ, los cuales se encontraban entonces sujetos a las resoluciones de sumarios administrativos en los que se hallaban involucrados.

Que el Oficial Principal D. Gustavo Oscar KUBIS fue sobreseído en el orden administrativo-disciplinario en el Sumario Administrativo Nº 496/00 'C' (Expediente Nº K-1763/03 'C') del registro de la DIVISION INVESTIGACION PENAL ADMINISTRATIVA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 050.207, punto 1, apartado d) y en concordancia con su similar 050.208, Inciso

a), de la Reglamentación de la Ley General de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA,

Nº 18.398 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 6242 del 24 de diciembre de 1971 y sus modificatorios.

Que el aludido Oficial Subalterno tampoco fue considerado en el año 2006 por la respectiva Junta de Calificaciones por hallarse comprendido en el artículo 020.516 de la Reglamentación del Personal, debido a que revistó en disponibilidad desde el 29 de julio de 2006 al 29 de mayo de 2007 inclusive, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37, inciso b) y 39 de la Ley Nº 18.398 y sus modificatorias, en concordancia con lo establecido en el artículo 060.110, inciso a), apartado 2, de dicha norma reglamentaria y en situación de 'Pasiva' a partir del 30 de mayo de 2007 hasta el 19 de julio de 2007, inclusive, conforme con lo previsto en los artículos 40, inciso a) y 42 del citado texto legal, en consonancia con lo determinado por el artículo 060.110, inciso a), apartado 3, del referido ordenamiento reglamentario.

Que el Oficial Ayudante D. Leandro Danilo GONZALEZ fue sancionado disciplinariamente con arresto en el Sumario...

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