Decreto 1180/2008

Fecha de la disposición28 de Julio de 2008

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes en la '15º Expo Unión de las Naciones', a realizarse en la localidad de San Bernardo del Tuyú, Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 21/7/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0087671/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la FUNDACION FUNDARTESAN INTERNATIONAL (C.U.I.T.Nº 33-70208344-9), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana empresa, artesanías, bebidas, alimentos, tabacos, cigarrillos, folletos impresos, catálogos, afiches y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de los países participantes en el evento '15º EXPO UNION DE LAS NACIONES', a realizarse en la Localidad de San Bernardo del Tuyú, Provincia de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 10 de julio al 10 de agosto de 2008.

Que el objetivo del ente organizador es el de promover el intercambio económico y cultural entre los diferentes países del mundo, preservando los valores autóctonos de cada uno.

Que los productos de la pequeña y mediana empresa, bebidas, alimentos, tabacos, cigarrillos, folletos impresos, catálogos, afiches y otras formas de propaganda que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados, durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso

s) de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido...

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