Decreto 1107/2008

Fecha de publicación16 Julio 2008
Fecha de disposición16 Julio 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31447

Déjase sin efecto una calificación de la Junta Superior de Calificaciones de Oficiales del año 2006.

Bs. As., 10/7/2008

VISTO el expediente Letra DN 07 Nº 0942/3, y CONSIDERANDO:

Que el Coronel Auditor D. Santiago Mario SINÓPOLI (D.N.I. Nº 8.524.787) interpuso reclamo a la clasificación de 'PROPUESTO PARA PRODUCIR VACANTES', que le fue asignada al año 2006 por la respectiva JUNTA DE CALIFICACION DE OFICIALES.

Que de lo actuado resulta que, en oportunidad de ser considerados los Coroneles en condiciones de ascenso para el año 2006, entre los cuales se encontraba comprendido el causante, se lo ubicó en un orden de mérito por el que quedó excluido de las propuestas de ascensos que el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO elevó ese año a consideración de esta instancia, motivo por el cual se propuso asignarle la clasificación de 'PROPUESTO PARA PRODUCIR VACANTES'.

Que esa propuesta fue aprobada por el Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO y, por ello, se le comunicó al causante que tenía la posibilidad de solicitar su licencia extraordinaria a partir del 1º de marzo de 2007 y el retiro voluntario, a partir del 31 de agosto del mismo año (Decreto Nº 1496 del 20 de agosto de 1992, modificado por Decreto Nº 1592 del 26 de julio de 1993, artículo 1º, inciso

c), apartado 2º, y Decreto Nº 596 del 20 de mayo de 1998, artículo 1º, inciso b), apartado 1º, tercer párrafo).

Que, al disentir de la clasificación asignada, el causante dedujo reclamo, el cual fue considerado por la JUNTA SUPERIOR DE CALIFICACION DE OFICIALES (2007), que propuso su desestimación por el siguiente fundamento:

'No hacer lugar al reclamo, manteniendo la clasificación de `PROPUESTO PARA PRODUCIR VACANTES' asignada, modificando el fundamento comunicado oportunamente por la JUNTACALOF/06 por el siguiente: `Al personal de Generales de División, Generales de Brigada, Coroneles y Suboficiales Mayores, cuando sean considerados anualmente, cualquiera sea la fracción en que se encuentre y sea necesario su eliminación del servicio, efectivo para producir vacantes en el grado' (Artículo 230, inciso 8, apartado b)'.

Que la propuesta de la JUNTA SUPERIOR DE CALIFICACION DE OFICIALES fue aprobada por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO por Resolución del 26 de julio de 2007 y comunicada al interesado.

Que la ASESORIA JURIDICA DEL EJERCITO, a foja 66, ha dicho que corresponde elevar el presente expediente a la señora Presidenta de la Nación a fin de...

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