Decreto 1081/2008

Fecha de disposición11 Julio 2008
Fecha de publicación11 Julio 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31444

Modificación de la Reglamentación de la Ley Nº 18.398 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 6242/1971 y sus modificatorios.

Bs. As., 7/7/2008

VISTO el Expediente Nº P-11380 cv/2006 del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 6242 del 24 de diciembre de 1971 y sus modificatorios se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 18.398 y sus modificatorias, 'LEY GENERAL DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA', Títulos III --REGIMEN DEL PERSONAL-- y IV --PERSONAL RETIRADO--.

Que dicha reglamentación desde su aprobación ha mantenido el mismo régimen de carrera y escalafonamiento del Personal Subalterno de acuerdo a lo prescrito en su Título 03, estableciendo en el Capítulo 01 Agrupamiento y Registro, en el Capítulo 02 Reclutamiento y en el Capítulo 06 Ascensos.

Que el avance de la ciencia y la tecnología ha establecido un escenario caracterizado por los cambios acelerados en propuestas y acciones en un contexto internacional globalizado en lo económico, regionalizado en lo geopolítico y con una marcada acentuación de áreas críticas en materia de seguridad.

Que la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA en atención a la complejidad referida y a las demandas de profesionalización cada vez mayores y diversificadas, debe establecer con sus recursos humanos innovaciones en la perspectiva de carrera dentro del marco de la capacitación continua y permanente de los mismos, permitiendo su profesionalización para un desarrollo operativo eficiente y de calidad.

Que el artículo 030.101 de la aludida reglamentación agrupa al Personal Subalterno en Cuerpos según las funciones específicas de conjunto que debe desempeñar conforme las exigencias y régimen de carrera al que está sujeto, clasificándolos en Cuerpo General, Cuerpo Auxiliar y Cuerpo Complementario.

Que el Cuerpo Complementario de acuerdo a lo estipulado en la reglamentación mencionada, alcanza el grado máximo de Ayudante de Primera, estando sometido en la práctica a las mismas exigencias de servicio que el personal del Cuerpo General.

Que el personal del Cuerpo Complementario desde su creación no tenía exigencias de capacitación durante su carrera, lo que se modificó a partir de la aplicación del Decreto Nº 1441 del 8 de agosto de 2001, por el que se implementaron cursos regulares y complementarios, cuya aprobación es requisito de ascenso.

Que resulta incompatible la situación actual del Cuerpo Complementario con el espíritu de lo...

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