Decreto 401/2023

Fecha de publicación03 Agosto 2023
EmisorACUERDOS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-54823736-APN-DALSP#MT, la Ley Nº 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Estatuto y Escalafón para el Cuerpo de Administradores Gubernamentales aprobado por el Decreto N° 2098 del 30 de diciembre de 1987 y sus modificatorios y las Actas Acuerdo de fechas 17 de mayo de 2023 y 23 de junio de 2023 de la Comisión Negociadora Sectorial para el Cuerpo de Administradores Gubernamentales, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas y se instituyó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo, a través de las Actas Acuerdo de fecha 17 de mayo de 2023, por la cual se pasó a cuarto intermedio, y de fecha 23 de junio de 2023, por la que se declaró reabierto el acto, se constituyó la Comisión Negociadora Sectorial para el Cuerpo de Administradores Gubernamentales (Decreto N° 2098/87).

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, han arribado a un acuerdo, por el cual se incorporan el Instituto del Tramo Escalafonario al citado Escalafón del Cuerpo de Administradores Gubernamentales creado por el Decreto N° 2098/87 y un Adicional por Tramo en los términos detallados en el Acta mencionada.

Que, por otra parte, se consensuó que el Estado Empleador establecerá antes del 30/12/23 un régimen de promoción de tramo escalafonario para el referido Cuerpo de Administradores Gubernamentales, previa consulta a las entidades sindicales mediante la Co.P.I.C.

Que, asimismo, se acordó un Régimen de Transición para la inmediata aplicación de lo dispuesto en la Cláusula Segunda del Acta citada, conforme las condiciones allí establecidas. De igual forma, se establecen los montos del Sueldo Básico correspondientes a las Clases A, B y C del personal que revista en el mencionado Escalafón, a partir de las fechas que...

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