Decreto Nº 1.418

EmisorMrio Trabajo Jus. y Gob.
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2012

DECRETO Nº 1.418

Mendoza, 21 de agosto de 2012

Visto el expediente N° 371-M-2012-00108

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se solicita la aprobación por el Poder Ejecutivo del Convenio Marco de Cooperación y Colaboración recíproca entre el Instituto Nuestra Señora del Rosario de Pompeya y el Gobierno de la Provincia de Mendoza celebrado con fecha 27 de junio de 2012, representada la primera de las partes por las Sras. Arminda Noemí Benegas y Elva Lourdes Pacheco y por la otra parte por el Señor Ministro de Trabajo, Justicia y Gobierno, Lic. Félix Rodolfo González, en la que se acuerda establecer las condiciones generales del mismo a partir de lo dispuesto por el Art. 8 de la Ley N° 7.503 que expresamente dispone: "La Dirección de Promoción del Liberado debe procurar la asistencia de los liberados y liberadas en forma directa e inmediata y cuando las circunstancias lo justifiquen, la de su grupo familiar, con el fin de lograr una adecuada inserción social".

Que el Art. 20 de la Ley 3.799 y modificatorias, dispone el control preventivo de gastos del Estado que estará a cargo de Contaduría General de la Provincia, constatándose a fs. 16 el volante de imputación preventiva agregado y autorizado a través de sus Delegados en un todo conforme por el Capítulo II, Art. 6 y cc. de la Ley N° 5.806.

Que por lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno a fs. 18/19,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración recíproca entre el Instituto Nuestra Señora del Rosario de Pompeya y el Gobierno de la Provincia de Mendoza de fecha 27 de junio de 2.012, representada la primera de las partes por las Sras. Arminda Noemí Benegas y Elva Lourdes Pacheco y por la segunda de ellas por el Señor Ministro de Trabajo, Justicia y Gobierno, Lic. Félix Rodolfo González, en la que se acuerda establecer las condiciones generales del mismo a partir de lo dispuesto por el Art. 8 de la Ley N° 7.503, que en fotocopia certificada y como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

Apruébese el Acta Complementaria N° 1 del Convenio Marco de Cooperación y Colaboración recíproca entre el Instituto Nuestra Señora del Rosario de Pompeya y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, de fecha 27 de junio de 2.012, representada la primera de las partes por las Sras. Arminda Noemí Benegas y Elva Lourdes Pacheco y la segunda de ellas por el Señor Ministro de Trabajo, Justicia y Gobierno, Lic. Félix Rodolfo González, la que en fotocopia certificada y como Anexo II forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 3º

El gasto que demande lo dispuesto en la cláusula segunda del Acta Complementaria Nº 1 mencionada en el...

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