Decreto 398/2023
Fecha de publicación | 03 Agosto 2023 |
Emisor | CONTRATOS |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-64759048-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9547-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo citado en el Visto el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa para la Cobertura Efectiva Universal de Salud y la Integración del Sistema de Salud Nacional”, por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES (USD 300.000.000).
Que el objetivo del citado Programa es apoyar mejoras en: (i) el acceso equitativo y efectivo a los servicios públicos de salud y (ii) la eficiencia del sistema de salud.
Que el referido Programa prevé CUATRO (4) Áreas de Resultados: Área de Resultado 1: Mecanismos para el financiamiento de la salud consolidados e institucionalizados, Área de Resultado 2: Incremento de la cobertura equitativa y efectiva de los servicios de salud pública para la población elegible, Área de Resultado 3: Mejora de la calidad e integración de la atención en el subsector público de salud y Área de Resultado 4: Mejoras en la eficiencia por medio de la coordinación e integración de los subsistemas de salud.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE SALUD.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF N° 9547-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF N° 9547-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa para la Cobertura Efectiva Universal de Salud y la Integración del Sistema de Salud Nacional” siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo...
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