Decreto 1457/2012

Fecha de disposición16 Agosto 2012
Fecha de publicación24 Agosto 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 16/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4300000481/08-4 del registro del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, los Decretos Nros. 1048 del 2 de agosto de 2007, 1684 del 18 de octubre de 2011, 491 del 12 de marzo de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1684/11, se prorrogó la designación transitoria a partir del 5 de mayo de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de la Doctora Da. Marcela Alejandra GABA (DNI Nº 18.541.731) en el cargo de Directora de la DIRECCION DE PROMOCION del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION —organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD—, Nivel A - Grado 0 - Función Ejecutiva III, dispuesta por Decreto Nº 1048 del 2 de agosto de 2007.

Que dicha prórroga de designación transitoria preveía, asimismo, que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme a los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el referido decreto.

Que razones operativas, no han permitido instrumentar en término, el proceso de selección previsto en el mencionado SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que atento el vencimiento del plazo contemplado resulta indispensable prorrogar nuevamente la mencionada designación transitoria.

Que la aludida medida no representa asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

— Dase por prorrogada, a partir del 25 de enero de 2012...

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