DECRETO 3929 / 2022 DECRETO / 2022-11-18

Fecha de publicación07 Diciembre 2022
Fecha18 Noviembre 2022
Número de Gaceta30.365
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 3.929/3 (ME), del 18/11/2022.
EXPEDIENTE N° 736/901-2021.-
VISTO que mediante las presentes actuaciones se gestiona la adquisición del dominio por Prescripción Adquisitiva a favor del Superior Gobierno de la Provincia del inmueble que ocupa el Juzgado de Paz de Villa Belgrano, ubicado en la localidad de Villa Belgrano, Departamento Juan Bautista Alberdi, y
CONSIDERANDO:
Que es procedente la aplicación de las leyes N° 21.477 y 24.320 y sus Decretos Reglamentarios N° 1.025/14 (SSG) del 27/3/78, 482/14 (SSG) del 14/2/80 y 516/14 (SSG) del 17/3/82, ya que el Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán ejerce la posesión del inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida desde hace más de veinte años.
Que sobre el particular el Código Civil y Comercial de la Nación vigente aprobado por la ley N° 26.994, sobre el tema en tratamiento establece en su artículo 1.897: "La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley". Agrega el artículo 1.899: "Si no existe justo título o buena fe, el plazo es de veinte años". Asimismo el artículo 1.928 expresa: "Constituyen actos posesorios sobre la cosa los siguientes: su cultura, percepción de frutos, amojonamiento o impresión de signos materiales, mejora, exclusión de terceros y en general su apoderamiento por cualquier medio que se obtenga".
Que acreditando tales extremos se adjunta a foja 3 nota del Juez de Paz de fecha 7 de Agosto de 1947, donde consta que el Juzgado de Paz de Villa Belgrano funciona en una habitación propiedad del señor Fortunato Yapura, el cual cede Otra habitación para ampliar las Oficinas del Juzgado.
Que a foja 6, se agrega Acta expedida por la Municipalidad de Juan Bautista Alberdi de fecha 1 de Junio de 1978, donde el Intendente Municipal manifiesta ceder en forma gratuita y definitivamente el local que se encuentra en el Centro Cívico de Villa Belgrano para que funcione el Juzgado de Paz de esa localidad, local que se construyó dentro del grupo de oficinas públicas.
Que a foja 20 se adjunta Acta emitida por el Juez de Paz de Villa Belgrano, de fecha 5 de Setiembre de 1977, por la cual se toma la posesión del inmueble cedido para la Construcción del Centro Cívico.
Que a foja 22 corre agregada Declaración Jurada del 30/8/2021, realizada ante autoridad policial de la Comisaría de Villa Belgrano donde conforme a los testimonios de los ciudadanos señor Luis Eduardo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR