Decreto 1166/2012

Fecha de disposición13 Julio 2012
Fecha de publicación23 Julio 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 13/7/2012

VISTO el Expediente Nº 15.849/06 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21 de marzo de 2006, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente mencionado en el Visto tramita el recurso de alzada interpuesto en subsidio del de reconsideración por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución Nº 336 de fecha 21 de noviembre de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que a través de la Resolución mencionada en el considerando anterior, en el artículo 1º se resolvió aplicar a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018), por incumplimiento reiterado de los plazos de intervención previstos en el artículo 55 del Reglamento del Usuario (numerales 13.10.10, 13.7, 13.7.1 y 13.10.6 del Contrato de Concesión). Asimismo en el artículo 2º de la Resolución mencionada previamente se resolvió aplicar a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018), por no haber acatado las indicaciones que se le impartieran a través de las Notas Nº 21.545 de fecha 8 de abril de 2005 y Nº 22.629 de fecha 9 de septiembre de 2006 del entonces Ente Regulador, con relación a ajustar el programa de obras 2005 (numerales 13.10.10, 13.7 y 13.10.6 del Contrato de Concesión).

Que en el artículo 3º de la Resolución mencionada previamente se resolvió aplicar a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA una multa de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 134.457) por haberse detectado de modo reiterado una deficiencia en el agua de red por UNO CON CUATRO (1,4) Diclorobenceno (numerales 13.10.4, último supuesto, 13.7, 13.7.1 y 13.10.5 del Contrato de Concesión).

Que en el artículo 4º de la Resolución mencionada previamente se resolvió aplicar a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA una multa de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 134.457) por haberse registrado de modo reiterado y con aumento en relación con períodos anteriores del número de deficiencias de los valores límites establecidos para los Trihalometanos en el Anexo II del Contrato de Concesión (numerales 13.7, 13.7.1, 13.10.4 último supuesto y 13.10.5 del Contrato de Concesión).

Que en el artículo 5º de la Resolución mencionada previamente se resolvió aplicar una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018) por haber incumplido por tercer año consecutivo, con el límite de concentración de Plomo en agua de red que establece el Anexo II del Contrato de Concesión (numerales 13.7, 13.7.1, 13.10.4 último supuesto y 13.10.6 del Contrato de Concesión).

Que en el artículo 6º de la Resolución mencionada previamente se resolvió aplicar una multa de PESOS DOS MILLONES DIECISEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 2.016.054) por incumplimiento reiterado a la norma de contenido máximo de Nitratos en agua de red, establecida en el Anexo A del Marco Regulatorio y en el Anexo II del Contrato de Concesión (numerales 13.7, 13.7.1, 13.10.4 último supuesto, 13.10.6 y 13.10.9 del Contrato de Concesión).

Que en el artículo 8º de la Resolución mencionada previamente se resolvió aplicar una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018) por incumplimiento del deber de informar, previsto en los numerales 12.8.2 y 12.8.2.2 del Contrato de Concesión habiéndolo hecho de modo incompleto (numerales 13.7, 13.7.1, 13.10.5, sexto...

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