Decreto 759/2008

Fecha de disposición08 Mayo 2008
Fecha de publicación08 Mayo 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31400

Desígnase en comisión 'permanente'a un Oficial Superior, para que se desempeñe como Agregado de Defensa, Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la República en la República Italiana.

Bs. As., 6/5/2008

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por la señora MINISTRA DE DEFENSA, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 377 y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Nº 555 de fecha 26 de marzo de 2007 en su Artículo 3º se resolvió crear una única Agregaduría de Defensa y de las Fuerzas Armadas a la EMBAJADA de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA ITALIANA.

Que resulta necesario designar un Oficial Superior para cubrir el cargo de Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA ITALIANA.

Que atento al régimen de rotación establecido para cubrir dicho cargo, corresponde en esta oportunidad designar a un integrante de la ARMADA ARGENTINA.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Capitán de Navío D. Joaquín ALVAREZ para cubrir el mencionado cargo.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo dispuesto por el MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99,

Inciso 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y del Artículo 10 de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase a partir del 20 de febrero de 2008 en comisión 'permanente' por el término de SETECIENTOS TREINTA (730) días al Capitán de Navío D.Joaquín ALVAREZ (DNI Nº 11.980.671), como Agregado de Defensa, Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA ITALIANA.

Art. 2º

El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (Contraloría General Naval), procederá a liquidar los conceptos de compensación por cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los sueldos y emolumentos que le correspondan, con aplicación del porcentaje establecido en el Artículo 2417 de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad) - Capítulo IV (Haberes) de la Ley...

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